Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dentro del programa retorno del talento

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004085

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvenciones de concesión directa para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a las personas castellanomanchegas que se encuentren residiendo residan, o hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en nuestra Comunidad, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

Las personas que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos específicos:

a) Que estén en posesión de titulación universitaria,ciclos formativos o certificados de profesionalidad.

b) Que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, durante un período de, al menos, seis meses en los últimos doce meses contados desde la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.

c) Que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de doce meses, dentro de los últimos quince años anteriores anterior a la publicación de la resolución con los créditos presupuestarios

- Que hayan nacido o hayan estado empadronadas en alguna localidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, o bien que hayan estado inscritas como demandantes de empleo en alguna oficina de empleo de la región, o que hayan obtenido su titulación oficial en algún centro de formación de la Comunidad Autónoma, antes de su partida al extranjero.
- Que figuren inscritas como demandantes de empleo, en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha, el día anterior a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
- Que realicen la actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Que hayan causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente con carácter previo a la presentación de la solicitud de subvención.
- Que la actividad emprendedora no supere los parámetros de microempresa.

Se condecerán todas aquellas las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente decreto, teniendo como límite las consignaciones presupuestarias previstas en las partidas presupuestarias correspondientes.

La cuantía de la subvención por el inicio de la actividad emprendedora, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de hasta 6.000 euros.

Se incrementara la cuantía según lo que establece el Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre la aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, la cuantía de la subvención del apartado 1 se incrementara en los distintos porcentajes que se establecen en función de la localidad a la que retornen en función del numero de habitantes.

Desestimatorio

- Documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.

Modelos del trámite

ANEXO V. Autoempleo Retorno Talento
Solicitud