Ayuda asociada al pasaporte de vuelta, dentro del programa retorno del talento

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004086

Fuera de plazo presentación solicitudes

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Online

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Ayuda destinada a sufragar los gastos asociados al traslado de residencia habitual desde el extranjero a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Que estén en posesión del Pasaporte del Vuelta.

Que la persona títular del Pasaporte de Vuelta regrese desde el extranjero a Castilla-La Mancha y reúna alguno de los siguientes requisitos:
a) Que la persona titular esté dada de alta y cotizando en el Sistema Nacional de la Seguridad Social, bien por cuenta ajena o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, si es por cuenta propia, tras su regreso del extranjero.
b) Que la persona titular haya iniciado y esté cursando estudios oficiales en algún centro de formación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, tras su regreso del extranjero.

Se condecerán todas aquellas las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente decreto, teniendo como límite las consignaciones presupuestarias previstas en las partidas presupuestarias correspondientes.

La cuantía máxima de la ayuda asociada al título Pasaporte de vuelta será de 3.000 euros.

Se incrementara la cuantía según lo que establece el Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre la aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, la cuantía de la subvención del apartado 1 se incrementara en los distintos porcentajes que se establecen en función de la localidad a la que retornen en función del numero de habitantes.

Desestimatorio

Los solicitantes de la ayuda asociada al título Pasaporte de vuelta, deberán presentar la siguiente documentación justificativa junto con su solicitud de subvención:
a) Matricula formalizada en algún centro público de formación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, tras su regreso del extranjero
b) Billetes, pasajes, recibos, facturas, documentación justificativa de su abono, así como cualquier otro documento admisible en derecho.
c) Facturas o documentos jurídicos de valor probatorio equivalente de los gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres, así como, en su caso, por el traslado de mascotas desde la residencia en el extranjero a la región.
d) Resguardo justificativo de estar al corriente de pago de la renta de alquiler (copia de las trasferencias, de los recibos domiciliados pagados o de los ingresos en cuenta)
e) En el caso de que existan gastos subvencionables de familiares a cargo de la persona beneficiaria, deberá aportarse indistintamente libro de familia, certificado de empadronamiento de la unidad familiar o certificación administrativa de inscripción en el registro de parejas de hecho, estos dos últimos documentos únicamente en el caso de que se haya producido oposición a su consulta por la Administración.
f) Facturas o documentos jurídicos de valor probatorio equivalente de los gastos ocasionados por las traducciones oficiales de la documentación necesaria para la solicitud de la ayuda y convalidación de títulos oficiales obtenidos en el extranjero.
g) Documentación acreditativa de haber vivido en España, de forma ininterrumpida, doce meses dentro de los últimos diez años anteriores a la publicación de la resolución con los créditos presupuestarios. Por ejemplo, entre otros, certificado de empadronamiento o certificado de residencia o cualquier documento con valor jurídico probatorio
h) Relación de gastos presentados indicando a que corresponde cada uno, indicando el país y localidad de origen del extranjero

Modelos del trámite

Anexo I Solicitud