Solicitud de ayuda a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha reguladas por la Órden 154/2021.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
El objeto es solicitar la ayuda a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha.
Las personas físicas o jurídicas, incluidas entidades locales que ejecuten la actividad prevista en el artículo 4 de la Orden 154/2021, de 28/10/2021, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de minimis, de ayudas a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha, también descrito en el punto tercero de la Resolución por la que se convoca la ayuda para el año 2022.
Para poder percibir la ayuda, las personas beneficiarias deberán cumplir los requisitos y compromisos contemplados en el artículo 3 de la Orden 154/2021, de 28/10/2021, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de minimis, de ayudas a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha, también descrito en el punto segundo de la Resolución por la que se convoca la ayuda para el año 2022.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en el artículo 9 de la orden de bases (Orden 154/2021)
5 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE FINALIZACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El establecido en el artículo 5 de la Orden 154/2021, de 28/10/2021, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de minimis, de ayudas a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha, también descrito en el punto cuarto de la Resolución por la que se convoca la ayuda para el año 2022.
La ayuda se limitará hasta un 50% del coste de instalación del punto de depósito de restos cinegéticos. A estos efectos, para determinar el valor de la instalación se presentará factura y justificante bancario.
No obstante, lo anterior, el importe máximo por cada punto de depósito de restos cinegéticos será de 900 euros.
Desestimatorio
Cuando proceda apoderamiento bastante del representante o documento acreditativo de la representación
Cuenta justificativa que contendrá una memoria económica relacionando el gasto o inversión acompañada de las facturas correspondientes y una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y procedencia.
Acreditación del abono de la o las facturas.
sanidadanimal@jccm.es
- Orden 154/2021, de 28 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de minimis, de ayudas a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha.
- Orden 74/2021, de 27 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se desarrollan las medidas de control de subproductos animales no destinados a consumo humano en la práctica cinegética de caza mayor en Castilla-La Mancha.
- Resolución de 23/03/2022, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha reguladas por la Orden 154/2021, de 28 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de minimis, de ayudas a la instalación de puntos de depósito de restos cinegéticos en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 617170.
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