Orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Castilla-La Mancha.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Código de procedimiento: 1011936

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Castilla-La Mancha y efectuar su convocatoria para el año 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


a) Entidades locales de Castilla-La Mancha y los organismos y entidades que formen parte de su Sector Publico Institucional, incluyendo las agrupaciones de entidades locales a las que se hace referencia en el apartado 2 de esta base. b) Las personas jurídicas privadas, con y sin ánimo de lucro, así como las personas físicas trabajadoras por cuenta propia.

Las personas y entidades beneficiarias deben cumplir los requisitos establecidos en el apartado 3 de la base tercera de la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Castilla-La Mancha, en el marco del componente 24 de Revalorización de la industria cultural del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se realiza su convocatoria para el año 2024.

a) Adecuación de la actividad proyectada al logro de las finalidades previstas. Máx. de 10 puntos. b) Calidad, interés, singularidad y carácter innovador del proyecto. Máx. de 35 puntos. Calidad. Máx. 15 puntos. Interés. Máx. 10 puntos. Singularidad y carácter innovador. Máx. 10 puntos. c) Adecuación presupuestaria, capacidad económica y organizativa de la entidad y viabilidad técnica y financiera. Máx. de 30 puntos. Adecuación presupuestaria. Máx. 10 puntos. Capacidad económica y organizativa de la entidad. Máximo de 5 puntos. Viabilidad técnica (medios técnicos necesarios o utilizados para la ejecución de la actividad). Máximo de 5 puntos. Viabilidad financiera. Máx. de 10 puntos. Se puntuará en función del porcentaje de subvención solicitada respecto al coste total del proyecto. Porcentaje de la subvención solicitada, respecto al coste total del proyecto Puntos Hasta un 50% 10 puntos Hasta un 60% 8 puntos. Hasta un 70% 6 puntos. Hasta un 80% 4 puntos. d) Realización del proyecto o de una parte significativa de la actividad (al menos el 75% de la inversión) en municipios y localidades de menos de 5.000 habitantes integrados en el medio rural. Máx. de 10 puntos. e) Incorporación de herramientas de medición y evaluación de los distintos impactos del proyecto: cultural, económico, social, demográfico, territorial, calidad de vida, sostenibilidad medioambiental y otros. Máx. de 5 puntos. f) Realización del proyecto o de una parte significativa del mismo (al menos el 75% de la inversión) en algún municipio perteneciente a las zonas rurales de Castilla-La Mancha de acuerdo con la clasificación recogida en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de CLM conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en CLM

Desestimatorio

La documentación a presentar junto con la solicitud será la reflejada en la base Décima de la Orden.

LA JUSTIFICACIÓN de las ayudas recibidas se realizará en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada y siempre antes del 30 de septiembre de 2024; en el caso de que el proyecto se realizase con anterioridad a la resolución de concesión de la subvención, el plazo de un mes se contará a partir del día siguiente de la notificación de dicha resolución. Las personas y entidades beneficiarias presentarán el modelo de justificación habilitado al efecto en el apartado Modelos de trámite, junto a la documentación justificativa requerida, en el apartado "¿Cómo van mis trámites?" de la Sede Electrónica, accesible a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente


Para dudas sobre la convocatoria, consultar al correo serlab@jccm.es

Modelos del trámite

ANEXO l - Datos del proyecto
Nota aclaratoria comunicación C24 ÁREAS NO URBANAS
ANEXO Il - Datos del presupuesto del proyecto
Anexo III Justificación de la subvención