Inscripción en el registro administrativo de agrupaciones de interés urbanístico y entidades urbanísticas colaboradoras de conservación.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto todo el año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Inscripción en las Secciones Segunda y Tercera del Registro Administrativo de Programas de Actuación Urbanizadora y Entidades Urbanísticas Colaboradoras de las Agrupaciones de Interés Urbanístico y de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación, así como la modificación de los datos ya consignados, su disolución, liquidación y práctica de otros asientos.
Solicitantes: Administración urbanística o la propia entidad urbanística colaboradora, bien sea una Agrupación de Interés Urbanístico o una Entidad Colaboradora de Conservación.
1. Agrupaciones de Interés Urbanístico:
- Competir por la adjudicación de un Programa, colaborar con su urbanizador o ser cesionario de la adjudicación de un PAU. En municipio con PDSU, gestionar la ejecución de un POPO.
- Asociar a los propietarios de terrenos que representen más de la mitad de superficie afectada por la iniciativa.
- Contar con poder dispositivo sobre los terrenos referidos en el apartado anterior.
- Haber reconocido el derecho a adherirse como asociado a favor de los terceros propietarios afectados por la iniciativa en las mismas condiciones y análogos derechos a los propietarios fundadores.
2. Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación:
-Integrar a todos los propietarios de terrenos lucrativos comprendidos en un ámbito en el que el planeamiento de ordenación territorial y urbanístico les imponga la obligación del mantenimiento de las obras de urbanización,de acuerdo con el artículo 135 del TRLOTAU.
- Hallarse inscrito el PAU correspondiente.
Se comprobará la documentación con carácter previo a la inscripción en el Registro denegándose dicha inscripción, si una vez requerida la subsanación, la documentación estuviera incompleta, tuviera defectos formales o no estuviera formalizada en los términos legalmente establecidos o incumpliese cualesquiera otros requisitos legales.
2 MESES
Estimatorio
Agrupaciones de Interés Urbanístico:
a) Para la inscripción de una Agrupación de Interés Urbanístico se aportará copia autorizada de la escritura pública de constitución con el contenido señalado en el artículo 24.1.A) del Reglamento de la Actividad de Ejecución.
b) Para inscribir actos y acuerdos modificativos del documento de constitución, liquidación y disolución copia autorizada de la escritura pública de los acuerdos adoptados o certificación con firma legitimada notarialmente.
Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Conservación:
Se hará constar el número de Registro del PAU aprobado y se aportará:
a) Para la inscripción de su constitución:
-Copia diligenciada del expediente administrativo comprensivo del trámite de información pública.
-Certificado del acuerdo municipal de aprobación y de designación del representante.
-Copia autorizada de la escritura pública de constitución con el contenido señalado en el artículo 24.1B) del Reglamento de la Actividad de Ejecución.
-Número de inscripción del PAU correspondiente en la Sección 1ª del Registro.
b) Para inscribir apoderamientos especiales, modificación del título constitutivo o de los estatutos, acuerdos de nombramientos y ceses de sus órganos, disolución y liquidación se aportará la documentación a que hace referencia en cada caso el artículo 29.3 del Reglamento de la Actividad de Ejecución.
Los documentos anteriores se presentarán en soporte papel e informático.
La inscripción de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras supone su reconocimiento como tales y la adquisición de personalidad jurídica, así como el reconocimiento para el ejercicio de sus funciones.
- Decreto Legislativo 1/2010, de 18/05/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
- Decreto 29/2011, de 19/04/2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Ejecución del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
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