Autorización de explotación de máquinas de juego

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1003248

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La obtención de la autorización para la instalación y explotación de máquinas de juego de los tipos "B" y "C" en los establecimientos habilitados reglamentariamente.

Todas aquellas personas físicas o jurídicas que tengan la consideración de empresas operadoras de máquinas de juego, porque previamente hayan obtenido la autorización de inicio de su actividad en la comunidad autónoma.

Las empresas de juego deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o de un país miembro perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.
b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, frente a la Seguridad Social y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
c) Tener constituidas las fianzas que se establezcan en la normativa.
Además, en el caso de sociedades mercantiles, los siguientes requisitos:
a) Haber previsto en sus respectivas normas constitutivas la explotación de juegos para los que solicitan la autorización. .
b) Tener el capital social totalmente desembolsado, en su caso.

Presentada la solicitud junto con la documentación establecida reglamentariamente, se otorgará la correspondiente autorización.

Los importes de las tasas se corresponden de la siguiente manera:
- Para la autorización de explotación: 78,34 Euros.
- Para la baja por canje fiscal: 52,23 Euros.

Desestimatorio

- Certificado de fabricación de la máquina.
- Justificante de estar al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha derivadas de los tributos específicos sobre el juego, en el caso de que no se autorizara la consulta.
- Los ejemplares originales de la autorización de explotación correspondientes a la máquina cuya baja definitiva se interesa (sólo para el caso del canje fiscal).
- La placa de identidad de la máquina que causa baja (sólo para el caso del canje fiscal).-¿ Declaración responsable de inutilización de la máquina cuya baja se solicita, conforme al Anexo XXI (sólo para el caso del canje fiscal).
- La declaración responsable de emplazamiento que amparaba, en su caso, la instalación de la máquina que se pretende dar de baja definitiva (sólo para el caso del canje fiscal).

- Las autorizaciones de explotación de las máquinas de juego de los tipos B y C tendrán una validez de cuatro años, contados a partir del 31 de diciembre del año de su expedición, renovándose por periodos sucesivos de dos años si en los tres meses anteriores a la extinción de su vigencia inicial o la de las sucesivas prórrogas.

- Agotada la vigencia de la autorización de explotación sin que se haya solicitado su renovación, se producirá su caducidad automática, declarándose de oficio la baja definitiva de la máquina por la delegación provincial correspondiente al lugar de su última instalación.

Modelos del trámite

Solicitud
Modelo autorización