Subvenciones para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha para 2023-2024

Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha
Código de procedimiento: 1007595

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvenciones para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha, para 2023-2024.

Tendrán la consideración de entidad beneficiaria: a) Entidades locales de Castilla-La Mancha b) Entidades privadas sin ánimo de lucro, aunque no tengan su domicilio fiscal en el territorio de la comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y que tengan establecida la consecución de la igualdad de género entre sus fines.

- No estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

- No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.

- No haber sido sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta.

- Si se trata de entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionadas por falta grave o muy grave, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

- Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.

- Estar, en su caso, constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes.

Los criterios de valoración son los establecidos en el artículo 13 de la Orden 197/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y los Recursos de Acogida para víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha.

Un mes y quince días desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.


Desestimatorio

Junto con la solicitud se adjuntará la documentación exigida en el artículo 18 de la Orden 197/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y los Recursos de Acogida:

- Copia digitalizada de los estatutos que acrediten que dentro de su objeto social tenga establecida la consecución de la igualdad de género entre sus fines, en el caso de entidades sin ánimo de lucro.

- Copia digitalizada del NIF de la entidad solicitante, en el caso de entidades sin ánimo de lucro.

- Certificado firmado por quien ostente la Secretaría, en el que se especifique el acuerdo del órgano competente por el que se aprueba la solicitud de subvención, en el caso de tratarse de una entidad local.

- Acuerdo entre la entidad que solicita la subvención y el Ayuntamiento de la localidad donde se solicita el desplazamiento, en el caso de solicitar itinerancias fijas y periódicas.

- Certificado que acredite los méritos relativos a la experiencia de la entidad en la gestión de centros de la mujer.

Modelos del trámite

Control de firmas Área laboral Centros Mujer
ANEXO JUSTIFICACIÓN CM 2023