Subvenciones a Entidades Locales para el desarrollo de programas destinados al Servicio de Promoción de la autonomía personal para las personas en situación de dependencia en Castilla La Mancha

Consejería de Bienestar Social
Código de procedimiento: 1009417

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvenciones a entidades locales para el desarrollo del servicio de promoción de la autonomía personal para personas en situación de dependencia moderada o severa.

Entidades Locales de Castilla La Mancha

a) Disponer de la estructura y capacidad suficiente

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

d) No encontrarse la persona que ostente la representación legal de la entidad en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

e) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

f) Que los centros en los que se desarrolle el programa estén debidamente autorizados.

g) Disponer de plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior.

Condiciones previas de los programas

a) Que se ajusten a las modalidades establecidas en la base tercera.

b) Que la necesidad no esté parcial o totalmente cubierta por la Administración en el mismo territorio.

c) Que exista un número suficiente de personas dependientes


Valoración (mínimo 50 puntos)

a) Contenido, idoneidad, calidad del programa (hasta 50 puntos):

b) Implantación, trayectoria y desempeño de la entidad (hasta 20 puntos)

c) Impacto del programa en el territorio (hasta 30 puntos)

Desestimatorio

Formulario del Programa

Tramitación exclusivamente electrónica.

Modelos del trámite

Anexo solicitud
Certificado Primer Libramiento
Certificado Segundo Libramiento
Certificado Justificación Final
Certificado Justificación final aportación propia
Relación de personal
Relación de mantenimiento
Relación de actividades
Relación de personal. Coste total
Relación de mantenimiento. Coste total
Relación de actividades. Coste total
Relación de gastos kilometraje
Cómo adjuntar documentos justificación
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