Ayudas destinadas a promover la celebración de actividades feriales en Castilla-La Mancha.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Promover la celebración de actividades feriales en Castilla-La Mancha, con la finalidad de impulsar el crecimiento de la actividad comercial de nuestra región y la creación y consolidación de empresas.
En el marco de la Orden 190/2022, de 9 de septiembre, se establecen las siguientes líneas de subvención, en función de los beneficiarios de las mismas: a) Línea 1. Ayudas a Entidades Locales de Castilla-La Mancha. b) Línea 2. Ayudas a instituciones feriales, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que tengan como finalidad principal el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad comercial en Castilla-La Mancha
Requisitos de los beneficiarios: los establecidos en el artículo 4 de la Orden 190/2022, de 9 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y en la Disposición Cuarta de la Resolución de /12/2023, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.
Requisitos de las actuaciones: los establecidos en el artículo 6 de la Orden 190/2022, de 9 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y en la Disposición Quinta de la Resolución de /12/2023, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía.
El procedimiento de concesión para estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas a partir de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el artículo 10 de la Orden 190/2022, de 9 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
3 MESES
Desestimatorio
La necesaria para la acreditación de los requisitos para obtener la condición de beneficiario, previstos por la Orden 190/2022, de 9 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Resolución de /12/2023, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, y que se realizara mediante la cumplimentación del Anexo I que se incorpora a dicha resolución y la aportación de la documentación preceptiva que figura en el apartado "documentación" de dicho Anexo I.
Una vez presentada la solicitud, toda documentación adicional a aportar al expediente, ya sea por requerimientos, aportación de documentos del interesado o documentación justificativa, se realizará de forma telemática, con firma electrónica, mediante la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://www.jccm.es/sede/ventanilla/consultar-expediente.
Para cualquier duda o aclaración sobre la solicitud de ayuda:
Teléfonos: 925265691 - 925266602 - 925247609
E-mail: serviciodecomercioyartesania@jccm.es
- Orden 190/2022, de 9 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a promover la celebración de actividades feriales en Castilla-La Mancha.
- Resolución de 19/12/2023, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a promover la celebración de actividades feriales en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2023. Extracto BDNS (Identif.): 734539.
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