Cesión gratuita a favor de terceros de la propiedad de bienes inmuebles titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1004357

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

El procedimiento se inicia de oficio, esencialmente a solicitud del interesado en adquirir por cesión, con indicación del bien y los fines a los que se pretente destinar.

Se tramitará el expediente para su aprobación por el Consejo de Gobierno, órgano competente para resolver.

Las Administraciones Públicas y las fundaciones públicas.

- El adquirente deberá acreditar su personalidad jurídica, competencia y capacidad, la representación, y cumplir el requisito subjetivo exigido para ser cesionario.

- En la solicitud se deberá especificar el bien inmueble objeto de cesión gratuita y el destino que se pretende dar al mismo, que siempre será de utilidad pública e interés social, pues los bienes cedidos sólo podrán destinarse a los fines que justifican dicha cesión y en la forma y condiciones que, en su caso, se establezcan en el acuerdo de cesión gratuita.

- También el solicitante deberá acreditar que dispone de los recursos necesarios para el cumplimiento de la finalidad establecida.

Que se trate de un bien innecesario para el uso o servicio público para la Administración Regional y que no se estime conveniente su explotación. Deberá procederse a la desafectación, en su caso, como trámite previo a la cesión gratuita.

En cuanto al destino que ha de darse al bien, ha de concurrir causa de utilidad pública e interés social.

Desestimatorio

- El adquirente deberá acreditar su personalidad, capacidad o competencia, la representación, y formular solicitud por órgano competente, en cada caso, en la que se identificará el bien objeto de cesión gratuita y el fin o destino que se pretende dar al mismo.

- Acreditarán que disponen de los recursos necesarios para el cumplimiento del fin establecido.

Para más información sobre este trámite puede ponerse en contacto con la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con dirección postal, de correo electrónico y teléfonos siguientes:
Dirección postal: C/ Real, nº 14 - CP 45071 Toledo.
Dirección de correo electrónico: patrimonio@jccm.es.
Teléfono: 925-266500.

Modelos del trámite

Solicitud