Apoyo a la producción teatral, la danza y el circo en Castilla- La Mancha.

Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Código de procedimiento: 1007216

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Constituyen el objeto de las subvenciones los proyectos de producción de nuevos espectáculos de compañías de teatro, danza y circo en Castilla- La Mancha. Los proyectos de producción deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y terminar antes del 30 de junio de 2024. El estreno comercial deberá realizarse tras la publicación de esta convocatoria en alguno de los espacios escénicos adecuados de Castilla-La Mancha. El estreno deberá realizarse antes del 1 de septiembre de 2024.

Personas físicas o jurídicas privadas, cuando sus actividades profesionales estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios para la producción de espectáculos teatrales, danza y/o circo, y que cumplan los requisitos establecidos en el ordinal tercero de la Resolución de convocatoria. Se excluyen las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.

Los beneficiarios deben cumplir los requisitos establecidos en el ordinal tercero de la Resolución de convocatoria.

Los proyectos presentados deben cumplir los requisitos establecidos en el ordinal cuarto de la resolución de convocatoria.

No se admitirán proyectos que presenten gastos no subvencionables en más de un 75% del total del presupuesto presentado.

La concesión de la ayuda y determinación del importe se realizará según valoración de los criterios establecidos en el ordinal décimo de la convocatoria.

- Criterios artísticos y técnicos:

1. Valoración artística del proyecto

2. Valoración artística de la trayectoria de la compañía

3. Adecuación del presupuesto a la actividad 

- Criterios cuantitativos:

1. Proyecto artístico

2. Trayectoria de la compañía

3. Financiación y contrataciones

4. Igualdad de género

5. Captación de nuevos públicos

Seis meses desde la publicación de la Resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha.

Desestimatorio

Deberán adjuntar en formato electrónico y presentar en sede electrónica como archivo adjunto:

 Documentación tramite de solicitud:

- En el caso de que los solicitantes no utilicen una modalidad de firma electrónica que acredite la representación: documento acreditativo de dicha representación.

- Anexo I Datos del proyecto.

- Anexo II. Datos del presupuesto del proyecto.

- Ficha artística y técnica de los componentes del proyecto

- Memoria artística de la actividad de la/s compañía/s

- Sinopsis argumental.

- Libreto o texto de la obra o, en su defecto un borrador del mismo.

- Bocetos de escenografía, vestuario, iluminación y otros aspectos de la obra

- Autorización de la persona o personas autoras, o de las entidades de gestión de derechos de autor para la representación y explotación de la obra o espectáculo, o declaración de dominio público de la obra o espectáculo. 

- En el supuesto de coproducción, contrato de coproducción firmado por las distintas entidades, en el que queden reflejados los compromisos artísticos, técnicos y económicos que cada una de las entidades adquiere respecto al proyecto presentado. En dicho documento se debe especificar el porcentaje económico con el que cada una de ellas participa en la producción e informar de las subvenciones solicitadas o recibidas para el mismo fin, asimismo se deberá indicar quien es la persona que hayan designado como representante único.

Documentación trámite de justificación:

 - La establecida en el apartado decimotercero de la Resolución de convocatoria.

Para mayor información: teatro.musica.cine@jccm.es

Teléfonos de contacto: 925288085

 

Los proyectos de producción deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y terminar antes del 30 de junio de 2024.

 

La justificación de estas ayudas se realizará conforme a lo previsto en la base decimosexta de la Orden 58/2018, de 12 de abril.

 

El plazo de justificación será de un mes desde el día siguiente al del estreno de la obra o espectáculo, estableciéndose como fecha límite de justificación el 15 de septiembre de 2024 inclusive.

Modelos del trámite

ANEXO l - Datos del proyecto
ANEXO II -Datos del presupuesto del proyecto
ANEXO III -Justificación de la subvención