Convocatoria de los programas de incentivos 4 y 5 para actuaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el Tercer Sector.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar para 2021, 2022 y 2023, ayudas de autoconsumo correspondientes a los programas 4 y 5 establecidos R.D 477/2021, de 29 de junio.
Plazo de solicitud de ayuda: finalizado el 31/12/2023.
Plazo de solicitud de abono y justificación: abierto. Nota informativa: Desde el 07/10/2024, está disponible para su presentación online el formulario de abono simplificado, en el caso de reunir las condiciones.
Serán personas destinatarias últimas de las ayudas los establecidos en el artículo 11 del RD 477/2021, de 29 de junio:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
b) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera AA.PP. a que se refiere el art. 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, siempre que no realice ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.
d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
e) Comunidades de personas propietarias.
f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Los requisitos esenciales para solicitar las ayudas objeto de convocatoria, las condiciones, así como la forma de acreditación de las mismas, serán los establecidos en elos artículos 11, 12 y 13 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia simplificada, por riguroso orden de entrada, conforme a lo dispuesto en los artículo 16 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, al amparo de lo establecido en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla la Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
6 MESES
Las cuantías y límites de las ayudas para cada una de las actuaciones subvencionables objeto de la presente convocatoria, serán las establecidas, respectivamente, en el anexo III del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
Desestimatorio
La establecida en apartado noveno de la convocatoria, y el anexo II del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio:
- Copia del DNI, si no autoriza expresamente su consulta.
- En el caso de personas jurídicas, copia del NIF y escritura o documento de constitución
- En su caso, documento acreditativo de la representación
- Prof. autónomos: certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la AEAT.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y frente a la Seg. Social cuando la ayuda supere 18.000 euros ó 60.000 euros tratándose de ayudas concedidas a entidades sin ánimo de lucro, federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas, o familias y las personas destinatarias últimas no sean Administraciones Públicas u organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público cuando no haya autorizado la consulta o se haya opuesto.
- Documento acreditativo de la residencia fiscal, en su caso
-En caso de almacenamiento, declaración responsable por una persona técnica que acredite que el sistema de almacenamiento no estará conectado a la red.
- En el programa 4, informe 80% energía generada es consumida
- Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, de fecha posterior a 30/06/2021.(3 presupuestos cuando coste subvencionable supere cuantías contrato menor).
- Para instalaciones superior a 100 kW: Plan estratégico, justificación de no causar daño significativo a ninguno de los objetivos medioambientales y memoria sobre residuos generados.
- En caso de solicitar anticipo de la ayuda, y ser una administración pública, certificación de estar al corriente de reembolso anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos en los Presupuestos Generales del Estado.
1) Oficina de asesoramiento energético de Castilla-La Mancha
Aqui el texto del enlace...
Teléfono: 926 100 440
Correo: info@oficinaenergeticaclm.es
2) Página de la DG de Transición Energética - AYUDAS AUTOCONSUMO, ALMACENAMIENTO E INSTALACIONES TÉRMICAS:
Pinche aquí
(incluye los modelos de cartel publicitario para señalizar la instalación -en el apartado "descargas"- y cuya fotografía se debe incorporar en el reportaje fotográfico)
- Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden de 73/2022, de 4 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
- Orden 211/2022, de 7 de noviembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y se incrementa el crédito de la convocatoria. Extracto BDNS (Identif.): 599422.
- Orden 180/2021, de 9 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU. Extracto BDNS (Identif.): 599422.
- Corrección de errores de la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
- Corrección de errores de la Resolución de 04/07/2023, de la Dirección General de Transición Energética, sobre concesión y desestimación de ayudas correspondientes al programa 4 de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial (cuadragésima séptima resolución).
- Orden 53/2024, de 16 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 180/2021, de 9 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable establecidos en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, y se incrementa el crédito de la convocatoria. Extracto BDNS (Identif.): 599422.
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