Convocatoria de los programas de incentivos 4 y 5 para actuaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el Tercer Sector.

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1004781

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:
Inicio 07/10/2024
Fin 31/12/2026

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Convocar para 2021, 2022 y 2023, ayudas de autoconsumo correspondientes a los programas 4 y 5 establecidos R.D 477/2021, de 29 de junio.

Plazo de solicitud de ayuda: finalizado el 31/12/2023.

Plazo de solicitud de abono y justificación: abierto. Nota informativa: Desde el 07/10/2024, está disponible para su presentación online el formulario de abono simplificado, en el caso de reunir las condiciones.

Serán personas destinatarias últimas de las ayudas los establecidos en el artículo 11 del RD 477/2021, de 29 de junio:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
b) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera AA.PP. a que se refiere el art. 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, siempre que no realice ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.
d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
e) Comunidades de personas propietarias.
f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

Los requisitos esenciales para solicitar las ayudas objeto de convocatoria, las condiciones, así como la forma de acreditación de las mismas, serán los establecidos en elos artículos 11, 12 y 13 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia simplificada, por riguroso orden de entrada, conforme a lo dispuesto en los artículo 16 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, al amparo de lo establecido en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla la Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Las cuantías y límites de las ayudas para cada una de las actuaciones subvencionables objeto de la presente convocatoria, serán las establecidas, respectivamente, en el anexo III del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Desestimatorio

La establecida en apartado noveno de la convocatoria, y el anexo II del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio:
- Copia del DNI, si no autoriza expresamente su consulta.
- En el caso de personas jurídicas, copia del NIF y escritura o documento de constitución
- En su caso, documento acreditativo de la representación
- Prof. autónomos: certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la AEAT.
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y frente a la Seg. Social cuando la ayuda supere 18.000 euros ó 60.000 euros tratándose de ayudas concedidas a entidades sin ánimo de lucro, federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas, o familias y las personas destinatarias últimas no sean Administraciones Públicas u organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público cuando no haya autorizado la consulta o se haya opuesto.
- Documento acreditativo de la residencia fiscal, en su caso
-En caso de almacenamiento, declaración responsable por una persona técnica que acredite que el sistema de almacenamiento no estará conectado a la red.
- En el programa 4, informe 80% energía generada es consumida
- Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, de fecha posterior a 30/06/2021.(3 presupuestos cuando coste subvencionable supere cuantías contrato menor).
- Para instalaciones superior a 100 kW: Plan estratégico, justificación de no causar daño significativo a ninguno de los objetivos medioambientales y memoria sobre residuos generados.
- En caso de solicitar anticipo de la ayuda, y ser una administración pública, certificación de estar al corriente de reembolso anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de fondos europeos en los Presupuestos Generales del Estado.

1) Oficina de asesoramiento energético de Castilla-La Mancha

Aqui el texto del enlace...

Teléfono: 926 100 440

Correo: info@oficinaenergeticaclm.es


2) Página de la DG de Transición Energética - AYUDAS AUTOCONSUMO, ALMACENAMIENTO E INSTALACIONES TÉRMICAS:

Pinche aquí

(incluye los modelos de cartel publicitario para señalizar la instalación -en el apartado "descargas"- y cuya fotografía se debe incorporar en el reportaje fotográfico)

Modelos del trámite

Anexo IX - Relación clasificada de las facturas y justificantes bancarios
Anexo VIII Informe justificativo sobre porcentaje de energía consumida
Modelo representación autoconsumo
¿Declaración de compromiso (PRTR) de beneficiario/a
Anexo X Relación clasificada de los pedidos/contratos
Anexo IV Declaración responsable sistema de almacenamiento
Anexo V Declaración responsable sobre porcentaje de energía consumida
Anexo VII - Informe justificativo sobre adecuada realización de las actuaciones
Anexo VI Solicitud de abono y justificación de la ayuda
Nota informativa Anexo VI Simplificado