Línea 1. Subvención para la promoción de las cooperativas y sociedades laborales

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1007116

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Subvencionar las actuaciones para la constitución de cooperativas y sociedades laborales, que deberán haberse ejecutado con carácter previo a la presentación de la solicitud de subvención.

Las cooperativas y las sociedades laborales que ejerzan una actividad económica dentro del territorio de Castilla-La Mancha y se ajusten a la definición que de pymes determine en cada momento la Unión Europea.

En el caso de sociedades cooperativas es suficiente con la declaración incorporada a la solicitud.

En el caso de sociedades laborales: copia de la inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro Mercantil.

En ambos casos, memoria justificativa de las actuaciones realizadas para la constitución de la sociedad laboral o cooperativa.

Criterios objetivos de cumplimiento de requisitos recogidos en el artículo 5 del Decreto 91/2022, de 16 de agosto, prelación por fecha de presentación y existencia de crédito presupuestario.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de un mes.

Estimatorio

En el caso de sociedades cooperativas es suficiente con la declaración incorporada a la solicitud.

En el caso de sociedades laborales: copia de la inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro Mercantil.

En ambos casos, memoria justificativa de las actuaciones realizadas para la constitución de la sociedad laboral o cooperativa.

Para cualquier duda o aclaración puede contactar con Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Avenida de Irlanda, nº 14. 45071 Toledo.  Teléfono 925288000. 

Modelos del trámite

ANEXO V APORTAC DOCUMENTOS LINEA 1 PROMOCIÓN DE COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES