LÍNEA 1. SOLICITUD DE AYUDA DESTINADA A INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA PARA FAVORECER EL PLENO EMPLEO Y LA INCLUSIÓN SOCIAL.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1007315

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

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Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Incentivar la contratación laboral indefinida

Podrán ser beneficiarias: las empresas, los autónomos, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro.

Además de los requisitos generales, previstos en el artículo 6, y de las exclusiones previstas en el artículo 10 del Decreto113/2022, de 11 de octubre, deberá cumplir con los siguientes requisitos específicos:


-Que se formalicen con los colectivos previstos en el artículo 12, del decreto regulador de estas ayudas.

-Que la jornada de los contratos de trabajo subvencionados será a tiempo completo y equivalente a la de un/a trabajador/a comparable en cómputo anual de la entidad contratante, sin que pueda exceder de la misma. En caso de que en la entidad contratante no exista un/a trabajador/a comparable a tiempo completo, se estará a la prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.

-El número máximo de contratos a subvencionar por convocatoria y entidad será de 5 contratos, salvo cuando las contrataciones se realicen con el colectivo previsto en el punto 6º del apartado a), en el que no existirá dicha limitación del artículo 12, de decreto regulador de estas ayudas.

Estas subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 75.2 c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, y en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones y hasta agotar el crédito.

Tres meses contados desde el día de la presentación de la solicitud

Desestimatorio

Se presentará el anexo I, junto con la documentación que en el mismo se indica, al que se acompañará el anexo VI, debidamente cumplimentado.

Para comunicar:

La sustitución del trabajador contratado, debe aportarse el anexo VIII, acompañado del anexo VI

La subrrogación del trabajador contratado debe aportarse el anexo VII.

La suspensión del contrato del trabajador subvencionado debe aportarse el anexo IX.

Más información:incentivos@jccm.es


Teléfonos: 925265685/925266307

Modelos del trámite

Anexo X
Anexo XI
Anexo IX Suspensión del contratro
Anexo VI Autorización trabajador
Anexo VII Sucesión empresarial
Anexo VIII Sustitución de trabajadores
Anexo XII Documentación seguimiento
Resolución_declaración agotamiento del credito_línea 1