Anuncio de 03/01/2025, de la Delegación Provincial en Cuenca de la Consejería de Desarrollo Sostenible, sobre información pública de la solicitud de AAP, APE y reconocimiento en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica de la instalación eléctrica de alta tensión. Ref.: 162111-00081.
Anuncio de 03/01/2025, de la Delegación Provincial en Cuenca de la Consejería de Desarrollo Sostenible, sobre información pública de la solicitud de autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión. Referencia: 162111-00081.
A los efectos previstos en la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, de 26 de diciembre, del Decreto 80/2007, de 19 de junio, modificado por Decreto 34/2017, de 2 de mayo, y por Ley 7/2022 de 29 de julio, por los que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha y su régimen de revisión e inspección, así como del RD 1955/2000, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento de la utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión:
Referencia: 162111-00081.
Titular: Unión Fenosa Distribución Eléctrica, S.A.
Situación: Término municipal de Sotorribas, Cuenca. Polígono: 514.
Características principales: Reforma de la LMT, 15 kV s/c, “Derivación Ribatajadilla”, perteneciente al circuito VBA-702, por distancia insuficiente al terreno. Las actuaciones a realizar serán:
1.- Se sustituyen los apoyos número 6-B-233-8-7 y 6-B233-8-8 por dos apoyos del tipo C 12/1000 (H-35).
2.- Se sustituye el apoyo número 6-B-233-8-5 por otro del tipo C 14/1000 (B-2C) y el apoyo número 6-B233-8-6 por otro del tipo C 14/1000 (H-35).
3.- Se retensa el conductor, LA-56, entre los apoyos 6-B-233-8-3 y 6-B-233-8-10. Longitud afectada: 514 m.
Finalidad: Adecuar la línea por distancia insuficiente al terreno.
La declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de la adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
Se incluye al final de este anuncio, la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos (RBDA), que el solicitante considera de necesaria expropiación o imposición de servidumbre de paso, con el alcance y limitaciones previstos en la normativa anterior y en especial en los artículos 57 y 58 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. Los Organismos Oficiales se incluyen con carácter informativo y a los efectos del artículo 149 del RD 1955/2000 y el artículo 56 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
Lo que se hace público para que pueda ser examinado el expediente en el Servicio de Industria y Energía de la Delegación Provincial en Cuenca de la Consejería de Desarrollo Sostenible, situado en Parque de San Julián, nº 13 (teléfono para cita 969-17-97-43), o en el tablón de la sede electrónica (copia del proyecto de ejecución) de la JCCM a través del enlace: https://www.jccm.es/servicios/tablon-de-anuncios, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Los datos personales incluidos forman parte del tratamiento “DUP instalaciones eléctricas y gasísticas autorizadas” cuyo responsable es la Dirección General Transición Energética, que tiene por finalidad la “Gestión de las solicitudes de reconocimiento de la utilidad pública de instalaciones eléctricas y gasísticas, control de las obligaciones y derechos de las personas titulares y de las afectadas por la utilidad pública”, estando legitimado en base a los artículos 6.1.c) y 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos, así como la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y la Ley Orgánica 5/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Los afectados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos tal y como se indica en: