Anuncio de 17/12/2024, de la Delegación Provincial en Cuenca de la Consejería de Desarrollo Sostenible, sobre información pública de la solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y reconocimiento en concreto de utilidad pública. Fuentes y Mohorte. Exp: 163905-00003

Información pública
Consejería de Desarrollo Sostenible
Tema/s: Industria y tecnología
Card image cap Fuera de plazo
Plazo de exposición:   24/01/2025 - 21/02/2025

Anuncio de 17/12/2024, de la Delegación Provincial en Cuenca de la Consejería de Desarrollo Sostenible, sobre información pública de la solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y reconocimiento en concreto de utilidad pública, para la conducción, distribución y suministro de mezcla de gas (H2 + gas natural) canalizado en los términos municipales de Fuentes y Mohorte, para usos industriales. Referencia: 163905-00003.

 

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y el Real Decreto (RD) 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de gas natural; en relación con los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública siguiente:

 

Referencia: 163905-00003.

Titular: Redexis, S. A. CL Mahonia 2 piso 2º. 28043 Madrid

Situación: Términos municipales Fuentes y Cuenca (Mohorte), Cuenca.

Características principales: Gasoducto de gas natural mezcla (blending hasta un máximo del 5% de H2). Las actuaciones a realizar son:

 

Instalación de conexión con origen en la posición K 52.5 del gasoducto “Tarancón  - Cuenca Fuentes”, formada por tubería de acero al carbono API 5L Gr. B NPS de  4 pulgadas y 4 milímetros de espesor y final en ERM G-160. Presión de diseño 80 bar. Longitud: 56 m.

 

Estación de regulación y medida ERM G 160 (80/59 bar), ubicada en recinto vallado, donde se producirá la mezcla de gas natural con hidrógeno.

 

Gasoducto de transporte secundario con origen en la ERM y fin en válvulas (2) de consumidores industriales. Tubería de acero al carbono API 5L Gr. B NPS de  4 pulgadas y 4 milímetros de espesor. Presión de diseño 59 bar. Se transporta gas natural, que podrá contener una mezcla (blending) de hidrogeno de hasta un máximo de 5 %. Longitud: 112 m.

 

Instalaciones para su alimentación eléctrica formadas por:

9 paneles solares de 500 Wp cada uno y un inversor de 5 kW monofásico. Tensión CC 24 V.

Grupo electrógeno alimentado por gas natural, trifásico de 7,5 kW de potencia.

Dos (2) baterías de litio de 48 V TS-L 5000/LV.

 

Presupuesto de ejecución material: 540.418,01 € (IVA no incluido)

 

Finalidad: Suministro de mezcla de gas natural e hidrógeno para suministros industriales.

 

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

- Afección a fincas de propiedad privada derivada de la ejecución del proyecto.

Se concreta en la siguiente forma:

Primero: Expropiación forzosa y en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Segundo: Para las canalizaciones:

A) Servidumbre permanente de paso sobre una franja de terreno de un ancho de 2,00 m (1,00 m a cada lado del eje) por donde discurrirá la tubería para la conducción de gas. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio.

1.- Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros (50 cm), así como la plantación de árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros (2,00 m) a cada lado del eje contados a partir del eje de la tubería o tuberías.

2.- Prohibición de la realización de cualquier tipo de obra, construcción, edificación o de efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior a 10,00 metros del eje de la tubería y a ambos lados de la misma. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el Órgano competente de la Administración.

3.- Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4.- Posibilidad de instalar los hitos para señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas quesean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones

B) La ocupación temporal se aplicará sobre los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleje para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se podrá hacer desaparecer, temporalmente, cualquier obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas para dichos fines.

 

La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y en el artículo 101 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de trans distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalade gas natural, llevará implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de la adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

 

Se incluye al final de este anuncio, la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos (RBDA), que el solicitante considera de necesaria expropiación o imposición de servidumbre de paso, con el alcance y limitaciones previstos en la normativa anterior y en especial en el artículo 107 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

 

Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, para propietarios y demás titulares afectados por las instalaciones, así como, a los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos.

 

Cualquier interesado puede examinar el expediente en el Servicio de Industria y Energía de la Delegación Provincial en Cuenca de la Consejería de Desarrollo Sostenible, situado en Parque de San Julián, nº 13 (teléfono para cita 969-17-97-43), y formularse las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdPúblicas.

 

Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

El proyecto de ejecución puede ser consultado de igual forma en el tablón de la Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través del siguiente enlace: https://www.jccm.es/servicios/tablon-deanuncios.

 

Los datos personales incluidos forman parte del tratamiento “DUP instalaciones eléctricas y gasísticas autorizadas” cuyo responsable es la Dirección General Transición Energética, que tiene por finalidad la “Gestión de las solicitudes de reconocimiento de la utilidad pública de instalaciones eléctricas y gasísticas, control de las obligaciones y derechos de las personas titulares y de las afectadas por la utilidad pública”, estando legitimado en base a los artículos 6.1.c) y 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos, así como la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y la Ley Orgánica 5/2018, de 5 de diciembre de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Los afectados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos tal y como se indica en https://rat.castillalamancha.es/info/0244.

 

Cuenca, a 17 de diciembre de 2024

 

El Delegado Provincial

José Ignacio Benito Culebras

 


Documentación

ANUNCIO 163905_00003 Gasoducto Blending H2
RBD Tx Fuentes sin domicilios - ba141f2d046b32f74b947e21011510b3

Certificación

Obtener la evidencia electrónica de publicación de un anuncio