Proyecto de Decreto por el que se regula el Registro de Población de Castilla-La Mancha
a evolución tecnológica de los últimos años hace necesario que las administraciones públicas adecúen los diferentes métodos de relacionarse con la ciudadanía. Así, en materia de administración digital y electrónica, la normativa ofrece nuevas vías de tramitación administrativa. La aprobación de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa, supone un gran avance en el establecimiento de normativa específica que introduce nuevos procedimientos electrónicos de relación administrativa, que permiten hacer más dinámicos y eficientes los servicios que presta la Administración regional.
Adicionalmente, la Ley 4/2025 establece diferentes canales de interacción de la ciudadanía con la Administración regional y establece específicamente a Espacio Ciudadano como el área de servicios digitales donde se incorporará toda la información relevante de las personas físicas o jurídicas, empresas y entidades usuarias, con el objetivo de facilitar su relación con la Administración regional en aquellos trámites y procedimientos en los que sean parte. Para ello, el Espacio Ciudadano contará con un canal para la información y trámites para la ciudadanía y otro para las empresas. Por otra parte, el análisis de datos y la inteligencia artificial capacitan a la Administración regional para extraer conocimiento de los datos disponibles, permitiendo una relación proactiva con la ciudadanía, adaptada a la realidad social y tecnológica actual.
Por otra parte, la disposición adicional segunda de la Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha, prevé la creación y el mantenimiento de un Registro de Población de Castilla-La Mancha, a partir de la información contenida en los padrones de habitantes de los municipios de la región, como instrumento al servicio de los diferentes órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y con la única finalidad de facilitar la comunicación con los ciudadanos residentes en la región en aquellas materias derivadas del ejercicio de las competencias que tienen atribuidas. Los datos del padrón son facilitados por el Instituto Nacional de Estadística, en el marco del convenio de colaboración que suscribe la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con este organismo.
Sin embargo, el padrón de habitantes no dispone de datos de contacto telefónicos ni electrónicos, por lo que, es necesario completar el registro cumpliendo la normativa en vigor, en particular, el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos); y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales.
Por todo ello, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la creación del Registro de Población de Castilla-La Mancha, pretende modernizar la interacción con la ciudadanía, a través de procedimientos administrativos electrónicos y comunicaciones basadas en medios digitales.