Resolución arbitral de conflictos en materia de consumo
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Resolver el conflicto surgido entre persona consumidora y/o usuaria y empresario o profesional. Corresponde dictar el laudo al órgano arbitral correspondiente.
Comerciantes, profesionales o empresas que hayan solicitado la adhesión al sistema arbitral de consumo.
Existencia de conflicto en el que una de las partes es persona consumidora o usuaria.
9 MESES
Desestimatorio
Documentación procedente para hacer valer sus derechos, tales como:
- Contrato, factura, tique, fotografía/s.
- En el caso de persona física: fotocopia del Documento de identidad (solo en el caso que se oponga a su consulta).
- En el caso de persona representante: fotocopia del Documento de identidad (solo en el caso que se oponga a su consulta)
- En caso de persona representante: documento válido en derecho que acredite las facultades de representación de la persona representante.
- En caso de oposición a la consulta de datos de residencia, deberá aportarse certificado de empadronamiento, en caso de que la persona solicitante sea una persona física
- En caso de no autorizar la consulta de datos relativos al domicilio fiscal, acreditación del domicilio fiscal, en caso de solicitantes que no tengan la consideración de persona física.
El procedimiento arbitral solo puede llevarse a cabo y finalizar con el pertinente laudo, que tiene carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, si ha existido el denominado convenio arbitral o acuerdo de voluntades de persona consumidora y empresario o profesional, para someter el litigio surgido, al Sistema Arbitral de Consumo.
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