Traslado de centro residencial para personas mayores
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Facilitar el cambio de centro residencial de mayores a aquellas personas que deseen o necesiten cambiar su residencia a otro centro de la misma o distinta localidad dentro de la Región de Castilla La Mancha, en dónde haya Residencias de Mayores que dispongan de plazas integradas en la Red Pública de Castilla La Mancha.
Podrán solicitar traslado de Residencia de Mayores todas aquellas personas que ocupen plaza de estancia permanente de la Red Pública de Residencias de Mayores de Castilla La Mancha en la fecha de presentación de solicitud de dicho traslado, que debe ser posterior al periodo de adaptación, y que haya transcurrido un año desde el ingreso en el Centro de origen. Asimismo podrán solicitar traslado a los Centros y servicios de la Red Pública de Castilla La Mancha aquellas personas mayores que sean originarias de Castilla La Mancha, y hayan residido en su territorio un mínimo de diez años, o bien se encuentren en plaza residencial perteneciente a la Red Pública de otra Comunidad Autónoma, en este último caso, será necesario un acuerdo entre ambas Comunidades Autónomas.
a) Permanencia de un año en la Residencia de Mayores de origen.
b) El traslado se considerará prioritario si en la solicitud de traslado se origine en alguno de los siguientes motivos, en cuyo caso podrá solicitarse traslado antes de haber transcurrido un año:
- Motivos de salud: Cercanía al centro sanitario adecuado donde recibe tratamiento; cuándo la situación o el ambiente del centro afecta desfavorablemente a su salud; por insuficiencia de medios clínicos o terapéuticos especiales en el centro.
- Por falta de adecuación al Centro o dificultades de adaptación al mismo.
- Por razones sociales o de reagrupamiento familiar, para facilitar el reagrupamiento familiar en el centro de destino.
- Por acercamiento o proximidad geográfica al lugar de residencia originario o al de su familia.
6 MESES
Desestimatorio
1º) Informe social, que contendrá la información necesaria para su valoración en lo referente a los motivos socio familiares y de residencia que motivan la solicitud de traslado.
2º) Informe específico del estado de salud, cuando éste sea el motivo por el que solicita el traslado del centro. En estos supuestos se deberá informar de las dificultades para recibir atención adecuada en el centro donde se encuentra y de las posibilidades de recibir la atención que precisa en el centro solicitado.
- Decreto 186/2010, de 20/07/2010, del régimen jurídico de los centros y servicios especializados para la atención a las personas mayores en la red pública de Castilla-La Mancha y del procedimiento de acceso a los mismos.
- Orden de 20/12/2010, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se aprueba el procedimiento para el acceso de las personas mayores a los servicios de estancia temporal y los traslados de centro residencial, así como el ingreso en plazas de carácter indefinido por circunstancias de tipo personal o social en los centros residenciales de la red pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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