Declaración de urgente ocupación de bienes y derechos afectados por expropiación forzosa en expedientes instruidos por Corporaciones Locales

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1000509

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

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A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Obtener declaración de la urgente ocupación por el Consejo de Gobierno.

Corporaciones Locales.

Los previstos en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.

Es gratuito.

Desestimatorio

Certificación de la aprobación definitiva del Proyecto de Obra por el órgano competente.
Acta de Replanteo del Proyecto certificando la viabilidad del mismo en los terrenos a expropiar.
Certificación del Acuerdo plenario en el que se aprueba iniciar un expediente de expropiación forzosa a los efectos de la declaración de utilidad pública de la obra, así como la necesidad de urgente ocupación de los terrenos afectados, cuya descripción concreta e individualizada se aprueba inicialmente, acordando dar traslado del expediente al Consejo de Gobierno para la declaración de la urgente ocupación.
Memoria justificativa de la urgencia de la ocupación.
Certificación de que la relación de bienes y derechos se ha sometido a información pública por plazo de 15 días mediante anuncio publicado en el BOP, y en el tablón de la Corporación, de que se ha notificado individualmente a todos los interesados, y de las alegaciones presentadas.
Copia de los anuncios publicados.
Copia de la notificación efectuada a todos los interesados con el justificante de haberlo recibido.
Certificación de que el Pleno del Ayuntamiento ha resuelto todas las alegaciones presentadas y ha aprobado definitivamente el expediente de expropiación y la relación de bienes y derechos.
Relación definitiva de los bienes y derechos afectados, en la que deberán constar los datos registrales y/o catastrales.
Certificación de Intervención acreditando la retención de crédito, con cargo al ejercicio en que se prevea la conclusión del expediente expropiatorio, por el importe a que ascendería el justiprecio

Es competencia del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha declarar la urgente ocupación de bienes y derechos afectados por expropiación forzosa en expedientes instruidos por corporaciones locales.

Modelos del trámite

Solicitud