Declaración de actividad en taller de reparación de vehículos automóviles
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Todo el año.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Definir el procedimiento de declaración de inicio, modificación o cese del ejercicio de la actividad de un taller de reparación de vehículos automóviles.
Persona física o jurídica que desee ejercer la actividad de reparación de automóviles en un taller (titular del taller de reparación de automóviles)
- Los talleres deberán disponer de la siguiente documentación:
1) Proyecto o proyectos técnicos de las instalaciones sujetas al cumplimiento de reglamentos de seguridad si en estos son exigibles.
2) Estudio técnico con relación detallada de los útiles, equipos y herramientas según las ramas de actividad a desarrollar, y relación detallada de los diversos trabajos y servicios que podrá prestar el taller.
3) Autorización escrita del fabricante nacional o, en su caso, del representante legal del fabricante extranjero.
- Los talleres deberán disponer de los medios técnicos necesarios para realizar su actividad en condiciones de seguridad. Los instrumentos, aparatos, medios y sistemas de medida necesarios deben ser calibrados y verificados, conforme a la normativa de control metrológico del Estado.
- La puesta en servicio del establecimiento del taller y de las instalaciones de éste sometidas a legislación específica de seguridad industrial, se regirán por lo previsto en la misma.
No se podrá exigir la presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos junto con la declaración responsable. No obstante, esta documentación deberá estar disponible para su presentación ante la Autoridad competente cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.
Tasa aplicable conforme a las cuotas y tarifas establecidas en la Ley 7/2008, de 13 de noviembre de Regulación de tasas en materia de industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 2/2012, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos y se establecen otras medidas fiscales. TARIFA 17.2
Estimatorio
Declaración responsable de talleres de reparación de vehículos automóviles, debidamente cumplimentado
- Justificante de pago de la tasa correspondiente
La no presentación de la declaración responsable, así como la inexactitud, falsedad u omisión, de datos o manifestaciones que deban figurar en dicha declaración, habilitará a la Administración competente para dictar resolución, que deberá ser motivada y previa audiencia del interesado, por la que se declare la imposibilidad de seguir ejerciendo la actividad y, si procede, se inhabilite temporalmente para el ejercicio de la actividad.
- El incumplimiento de los requisitos exigidos, verificado por la autoridad competente, conllevará el cese automático de la actividad, salvo que pueda incoarse un expediente de subsanación de errores sin perjuicio de las sanciones que pudieran derivarse de la gravedad de las actuaciones realizadas.
- El titular del taller de reparación de vehículos automóviles o el representante legal del mismo deberá comunicar las modificaciones de los datos recogidos en dicha declaración, así como el cese de su actividad, en el plazo de 1 mes desde que se produzcan.
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
- Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles de sus equipos y componentes.
- Decreto 96/2002, de 25/06/2002, Consejo de Gobierno, DE PROTECCION DE LOS CONSUMIDORES EN LA PRESTACION DE SERVICIOS POR TALLERES DE REPARACION DE VEHICULOS AUTOMOVILES
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