Concesión de licencia para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica de explotación municipal. (Emisora municipal de FM)

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1001085

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Concesión de título habilitante (licencia) para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónica. (Emisora municipal de FM).

Ayuntamientos de Castilla-La Mancha.

- El control de la gestión corresponderá al Pleno del Ayuntamiento.
- Se deberá gestionar directamente conforme establece el artículo 85.2.A de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.
- Nunca podrán formar parte de cadenas comerciales de radiodifusión.

El fomento de los valores culturales de la Comunidad Autónoma y del municipio,no titularidad de ninguna otra emisora de radiodifusión,horario de emisión, porcentaje de producción propia y porcentaje de programas informativos, culturales o educativos,integrar en los puestos de trabajo personas con discapacidad, no haber sido sancionado por cualquiera de las causas previstas en la legislación vigente en materia de Contratación y Telecomunicaciones. Otros criterios especificados en la convocatoria.

Desestimatorio

- Certificación del acta del Pleno de la Corporación Municipal en el que se haya acordado la solicitud de la concesión administrativa para gestionar este servicio. - Certificación acreditativa de la población censada en el último censo del Municipio. - Plano de la situación prevista para el centro emisor, con indicación de su cota y de sus coordenadas geográficas. - Memoria explicativa y detallada en la que se recoja la programación a desarrollar, las previsiones de financiación cuantificadas porcentualmente, así como la forma de gestión del servicio, que deberá ser alguna de las determinadas en el artículo 85.2.A. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Fotocopia del NIF.
- En el caso de que la solicitud de autorización se haga a través de persona representante legal, documento que lo acredite como tal mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
- Fotocopia NIF/NIE de su representante cuando la solicitud de autorización se realice por representante legal en caso de que conste su oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el art. 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Podrá solicitar más información dirigiéndose al correo electrónico: dgcohesionterritorial@jccm.es