Acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1001165

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Acreditar entidades para que puedan actuar como servicios de prevención ajenos en las empresas.

- Entidades que pretendan ser acreditadas como servicio de prevención ajeno.
- Se entenderá como servicio de prevención el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados.

- Disponer de la organización, las instalaciones, el personal y los equipos necesarios para el desempeño de su actividad.
- Constituir una póliza de seguro o garantía financiera equivalente que cubra su eventual responsabilidad.
- Asumir directamente el desarrollo de las funciones señaladas en el artículo 31.3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, que hubieran concertado.

Procederá dictar resolución estimatoria cuando se compruebe el cumplimiento de todos los extremos señalados en el artículo 23 del RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

3 MESES, AMPLIABLE A 6 MESES SI LA ENTIDAD DECLARA QUE VA A DISPONER DE INSTALACIONES EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA EL EJERCICIO DE SU ACTIVIDAD.

Desestimatorio

A la solicitud de autorización se adjuntará la documentación que, en su caso proceda, junto con el Anexo II cumplimentado y firmado por el personal técnico.

VICECONSEJERÍA DE EMPLEO, DIÁLOGO SOCIAL Y SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Dirección postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo
Teléfono: 925 267 911
Correo electrónico: viceconsejeria.economiaempresasempleo@jccm.es

Modelos del trámite

ANEXO II Autorización_personal _tecnico
Formulario solicitud acreditacion SPA