Autorización de estudios observaciónales post-autorización en Castilla-La Mancha
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Autorizar estudios en los que los sujetos que intervienen en el mismo son seleccionados por su exposición a un determinado medicamento para proceder a la investigación de los datos pertinentes relacionado con el acontecimiento clínico de interés objeto del estudio.
- Los promotores del estudio podrán serán personas físicas o jurídicas con interés en su realización
- Los investigadores serán profesionales sanitarios
- Promotores: asumir las obligaciones recogidas en en el artículo 3, punto 2, de la presente Orden reguladora
- Investigadores: asumir las obligaciones recogidas en en el artículo 3, punto 4, de la presente Orden de reguladora
3 MESES
Estimatorio
Solicitud, que deberá ir acompañada de la documentación establecida en el artículo 5, punto 2, de la Orden reguladora.
La Consejería de Sanidad podrá suspender o exigir la introducción de modificaciones en el estudio cuando:
- vulnere la Ley
- se alteren las condiciones de su autorización
- no se cumplan los principios éticos aplicables
- haya que proteger a los sujetos del estudio
- se haga en defensa de la salud pública
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas