Registro central de asociaciones de padres y madres de alumnos de centros docentes no universitarios de Castilla-La Mancha
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Establecer el procedimiento de inscripción y modificación en el Registro de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, de sus Federaciones y Confederaciones en los centros docentes no universitarios de Castilla - La Mancha.
Asocciaciones de Madres y Padres de alumnos, sus Federaciones y Confederaciones.
2 MESES
Estimatorio
Para la inscripción de las nuevas Asociaciones , Federaciones y Confederaciones o modificación de las existentes, los interesados o quien los represente, deberán presentar la solicitud (Anexo I) por duplicado, acompañada de la siguiente documentación:
a) Dos copias del acta fundacional de la Asociación, según modelo del Anexo II.
b) Dos copias de los estatutos de la Asociación, que deberán estar firmados en todas sus hojas, al menos por dos de los promotores de la Asociación.
Las solicitudes junto con la documentación deberán dirigirse a la Consejería competente en materia de Educación, en el plazo de un mes desde su constitución o modificación, respectivamente.
La inscripción en el Registro de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos tendrá en todo caso carácter declarativo.
El Registro de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos podrá solicitar la información que considere necesaria a las asociaciones en él inscritas, siendo de obligado cumplimiento para su Junta Directiva el envío de dicha información en la forma y plazo establecidos.
- Decreto 77/2008, de 10/06/2008, del Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE REGULAN LAS ASOCIACIONES, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DE LOS CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto 268/2004, de 26/10/2004, del Consejo de Gobierno, DE ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y SUS FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES EN LOS CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Orden de 03/07/2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION Y MODIFICACION EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y DE SUS FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES EN LOS CENTROS DOCENTES QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA
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