Solicitud de ayuda a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocar ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores y las ayudas para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias, de conformidad con lo establecido en la Orden 194/2020, de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas.
Personas físicas jóvenes que se instalen en nuevas explotaciones agrarias ya sea como titular en exclusiva, en explotaciones de titularidad compartida o como personas jurídicas y que desarrollen un Plan Empresarial (ayuda a la creación de empresas agrarias por jóvenes) y un Plan de Inversiones incluido en el anterior (ayudas a inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas)
AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS AGRARIAS POR JÓVENES
- Tener cumplidos 18 años y no haber cumplido los 41 años.
- No haber creado una empresa agraria antes de los 24 meses anteriores a la solicitud.
- En esos 24 meses podrá haberse iniciado el proceso de instalación, siendo imprescindible, al menos, acreditar en dicho periodo muestra de interés por iniciarse en la actividad agraria.
- Presentar un Plan Empresarial para la creación de la nueva explotación.
- Contar con un tutor que le asesore en el proceso de instalación.
- El Plan Empresarial debe alcanzar un mínimo de 30 puntos en base a los criterios de priorización de la convocatoria.
AYUDAS A INVERSIONES EN EMPRESAS AGRARIAS.
- Personas físicas jóvenes, que soliciten simultáneamente la ayuda a la creación de empresas agrarias y vayan a realizar inversiones en la explotación adicionales.
- Las explotaciones proyectadas en el Plan Empresarial deberán tener una renta unitaria del trabajo entre los 10.000 y 35.000 euros.
El procedimiento de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Los criterios de selección de operaciones, establecidos en los artículos 10 y 19 de la Orden de bases reguladoras, se aplicarán de manera obligatoria, a todas las solicitudes de ayuda. La puntuación mínima que se debe alcanzar para poder tener acceso a la ayuda será de 30 puntos.
6 MESES.
Las ayudas para la creación de empresas por jóvenes agricultores consistirán en una ayuda básica de 27.000 euros. Dicha ayuda básica podrá incrementarse en las cantidades y casos establecidos en el artículo 9.2 de la Orden de bases. La ayuda máxima nunca podrá superar la cantidad de 50.000 euros.
La ayuda para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas consistirán en una subvención de capital. Se establece un porcentaje básico de ayuda del 40% de la inversión financiable. Dicho porcentaje básico se podrá incrementar en su caso conforme a los porcentajes adicionales establecidos en el artículo 17.2 de la Orden de bases. El porcentaje básico más estos incrementos no podrán superar el 50% de la inversión financiable. Cuando el beneficiario sea un joven incorporado en los últimos 5 años obtendrá un porcentaje adicional del 20%.
Desestimatorio
- Plan Empresarial.
- Plan de Inversiones.
- Proyectos y otros.
- Documento acreditativo de la capacitación profesional.
- En caso de no autorizar a la Administración a recabarlos: fotocopia NIF y cónyuge, última declaración IRPF y dos más de los últimos 5 años, informe de vida laboral, certificados de no tener deudas con la Hacienda Estatal, Autonómica y la Seguridad Social.
- Escrituras de propiedad de los terrenos y contratos de arrendamiento.
- Cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores(TC1/TC2)
- Derechos de riego.
- Licencias municipales.
- Solicitud de Declaración de Impacto Ambiental y/o autorizaciones medioambientales.
En caso de incorporación en explotaciones societarias de personas jurídicas, además:
- NIF del representante y acreditación de la representación.
- Documentos de constitución, Estatutos y sus modificaciones.
- Relación de socios.
- Otros.
CONSEJERIA: Dirección General de Desarrollo Rural - Tfno: 925248889. mail: jovenesclm@jccm.es
D.P. ALBACETE: Tfno: 967558500. mail: agri-albacete@jccm.es
D.P. CIUDAD REAL: Tfno: 926279500. mail: dpagcr@jccm.es
D.P. CUENCA: Tfno: 969178300. mail: agri-cu@jccm.es
D.P. GUADALAJARA: Tfno: 949885300. mail: agri-guadalajara@jccm.es
D.P. TOLEDO: Tfno: 925266800. mail: agri-toledo@jccm.es
- Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Orden 194/2020, de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.
- Corrección de errores de la Orden 194/2020, de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.
- Corrección de errores de la Orden 194/2020, de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.
- Orden de 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Orden APA/171/2006, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden de 13 de diciembre de 1995, por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Orden 196/2022, de 5 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 194/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020 en lo relativo a la fuente de financiación de las ayudas del capítulo III de ayuda a inversiones en explotaciones agrarias.
- Resolución de 03/05/2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 11/02/2021, por la que se convocan, para el año 2021, las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes agricultores y ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, ampliando el plazo de presentación de solicitudes.
- Resolución de 11/02/2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2021, las ayudas a la creación de empresas agrarias por jóvenes y ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
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