Autorización Secciones A)
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Plazo abierto todo el año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Otorgamiento de autorización de explotación de recursos de la Sección A), según lo previsto en la Ley 22/1973, de Minas.
Personas físicas y jurídicas.
El solicitante del derecho minero habrá de ser o bien el dueño del terreno en el que se ubicará la explotación o disponer de la cesión de los derechos por parte del dueño del terreno.
6 MESES
Desestimatorio
1.- Fotocopia del DNI, en el caso de que se oponga a que la Administración consulte los datos de identidad; o escritura de constitución de la sociedad, en caso de tratarse de una persona jurídica.
2.- Información ambiental básica.
3.- Justificante del pago de tasas.
4.- Acreditación del derecho al aprovechamiento cuando el yacimiento se encuentre en terrenos de propiedad privada o en terrenos patrimoniales del Estado, provincia o municipio, o en terrenos de dominio público.
5.- Memoria unida a un plano en la que se describa la situación geográfica, lugar, superficie y cuantos datos sirvan para localizar y conocer el yacimiento o recurso que se pretende aprovechar, así como su posible producción anual prevista y vendible, su valoración, fines a que se destina, área de comercialización y duración que se calcula a la explotación y programa de explotación, con relación de la maquinaria a emplear y número de obreros.
6.- Proyecto según lo establecido en el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC¿s de desarrollo
7.- Plan de restauración, que deberá incluir un plan de gestión de residuos mineros.
8.- Declaración responsable del personal técnico competente proyectista y Director /a de la ejecución de trabajos/obras.
Albacete: minas-ab@jccm.es
Ciudad Real: minas-cr@jccm.es
Cuenca: minas-cu@jccm.es
Guadalajara: minas-gu@jccm.es
Toledo: minas-to@jccm.es
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto - Reglamento general para el régimen de la Minería.
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
- Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas. BOE» núm. 280, de 21 de noviembre de 1980, páginas 26000 a 26001
- Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (RD 863/1985, de 2 de abril) e ITC¿s de desarrollo. BOE» núm. 140, de 12 de junio de 1985, páginas 17869 a 17877
- Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. BOE» núm. 143, de 13 de junio de 2009, páginas 49948 a 49993
- Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.
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