Autorización administrativa para la construcción, ampliación o modificación sustancial de instalaciones de distribución de gas de competencia autonómica
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Plazo abierto todo el año.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Obtención de la autorización administrativa para la construcción, ampliación o modificación sustancial de instalaciones de transporte secundario de gas natural, cuando la competencia corresponda a esta Comunidad Autónoma (según el artículo 3.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos).
Titulares de las instalaciones de distribución de combustibles gaseosos, considerándose como tal las que se definen en el artículo 46 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre y en el 8 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.
Los solicitantes de las autorizaciones de estas instalaciones deberán cumplir los requisitos establecidos para el desarrollo de esta actividad en el artículo 11 del Real Decreto 1085/1992, de 11 de septiembre o del artículo 9 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, relativos a requisitos de los sujetos para el ejercicio de la actividad de distribución y acreditar su capacidad legal, técnica y económicofinanciera para la realización del proyecto dependiendo del combustible gaseoso empleado.
6 MESES
Tarifa 7.1 de la Ley 7/2008, de 13 de noviembre, de Regulación de Tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha.
Desestimatorio
- Solicitud normalizada
- Documentación que acredite la capacidad del solicitante en los términos que se señalan en el artículo 46 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre o del artículo 9 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre
- Proyecto de la instalación con el contenido mínimo que establece en la ITC-ICG 03 del Real Decreto 919/2006, de 28 de julio o en el artículo 76 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, dependiendo del combustible gaseoso empleado, incluyendo separatas relativas a las afecciones de la instalación.
- Justificante del pago de tasas
- En relación con la evaluación de impacto ambiental del proyecto, solicitud normalizada, justificante del pago de las tasas y documentación ambiental, según lo establecido en la normativa ambiental de aplicación.
La solicitud de autorización administrativa de la instalación podrá efectuarse conjuntamente con la de aprobación del proyecto de ejecución.
En los casos de extensiones de redes existentes, la autorización administrativa previa se solicitará en base a una memoria general que contenga las previsiones anuales aproximadas de construcción de instalaciones de distribución. Dentro del primer trimestre de cada año el distribuidor deberá enviar al órgano competente de la Comunidad Autónoma un proyecto que contenga la documentación técnica de las obras efectivamente realizadas en el año anterior, indicando la fecha de puesta en servicio de cada una.
- Ley 7/2008, de 13/11/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE REGULACION DE TASAS EN MATERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
- Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
- Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.
- Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
- Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
- Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles.
- Orden de 18 de noviembre de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos.
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