Obtención de carnés de profesionales en materia de seguridad industrial
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Plazo abierto todo el año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Definir el procedimiento para la expedición del carné profesional de:
- Instalador de instalaciones térmicas en edificios (RITE 2007).
- Operador de grúa móvil autopropulsada.
- Operador de grúa móvil autopropulsada (de categoría A o B)
- Operador de grúa torre
También para la actualización de datos, renovación del carné profesional y baja.
Personas físicas.
INSTALADOR INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE 2007)
- Los establecidos en el artículo 42 del RITE (Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio)
OPERADOR GRÚA TORRE:
- Ser mayor de edad.
- Graduado en ESO.
- Superar un examen médico de agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva y aptitudes psicológicas.
- Superar un curso teórico-práctico impartido por una entidad reconocida.
OPERADOR GRÚA MOVIL:
- Graduado en ESO.
- Superar un examen médico, psicotécnico y físico, específico para este tipo de actividad, que incluye examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.
- Tener cumplidos los 18 años en el momento de realizar la solicitud del curso teórico-práctico.
- Superar un curso teórico-práctico impartido por una entidad reconocida.
- Superar un examen convocado por órgano competente en materia de industria de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
3 MESES
Tasa aplicable conforme a las cuotas y tarifas establecidas en la Ley 7/2008, de 13 de noviembre de Regulación de tasas en materia de industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 2/2012, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos y se establecen otras medidas fiscales.
EXPEDICIÓN: TARIFA 16.1
RENOVACIÓN: TARIFA 16.2
Estimatorio
- Fotografía.
- Justificante de estudios realizados o acreditación de haber superado pruebas de aptitud (para la primera expedición)
- Acreditación de haber superado un examen médico, psicotécnico y físico, específico para el tipo de actividad (en el caso de operador de grúa torre o de operador de grúa móvil autopropulsada)
Se puede acceder al LISTADO DE ENTIDADES DE FORMACIÓN reconocidas en Castilla-La Mancha para impartir cursos, a través del siguiente enlace:
https://www.castillalamancha.es/gobierno/desarrollosostenible/estructura/dgtranene/actuaciones/cursos-destinados-la-obtenci%C3%B3n-de-carn%C3%A9s-profesionales
- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
- Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
- Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-2" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.
- Decreto 61/2009, de 12/05/2009, de ordenación de las actividades profesionales reglamentadas en materia de seguridad industrial de Castilla-La Mancha.
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