Homologación, reconocimiento, registro y certificación de actividades de formación permanente del profesorado no universitario
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Establecer las condiciones que han de regir para la homologación, la convocatoria, el reconocimiento, el registro y la certificación de las actividades de formación permanente y las correspondientes equivalencias en créditos de formación para otras actividades dirigidas a la mejora de la práctica docente del profesorado.
La Administración educativa a través de sus servicios y recursos específicos
- Las Universidades y otras entidades públicas o privadas dotadas de personalidad jurídica propia
- Otras Consejerías y sus organismos y entidades dependientes
Las anteriormente citadas son las entidades que pueden organizar formación permanente del profesorado (diseño de actividades dirigidas exclusivamente al profesorado o personal especializado) según norma
Los previstos en los artículos 4,5 y 16 de la orden reguladora, según se trate de homologación, registro y reconocimiento de las actividades de formación.
1 mes (homologaciones)
Desestimatorio
Anexo II. Para la homologación de la actividad
Anexo III. Para solicitud de registro, certificación e inscripción en el registro de formación permanente del profesorado.
Memoria final de libre redacción en los que consten los apartados incluidos en el art. 8.2 de la orden de referencia.
sfie@jccm.es en lo relativo a homologación, certificación e inscripción de actividades formativas
- Orden 54/2021, de 13 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 08/10/2008, por la que se regula la homologación, la convocatoria, el reconocimiento, el registro y la certificación de las actividades de formación permanente del profesorado no universitario.
- Orden de 08/10/2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, POR LA QUE SE REGULA LA HOMOLOGACION, LA CONVOCATORIA, EL RECONOCIMIENTO, EL REGISTRO Y LA CERTIFICACION DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACION PERMANENTE DEL PROFESORADO NO UNIVERSITARIO
- Decreto 78/2005, de 05/07/2005, del Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE REGULA LA FORMACION PERMANENTE DEL PROFESORADO EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
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