Autorización de intervenciones en bienes inmuebles del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Durante todo el año
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Autorizar cualquier intervención que se proyecte realizar en un inmueble de Patrimonio Cultural de Castilla - La Mancha con el objeto de preservar los valores propios del bien.
Propietario del Bien ó promotor de la intervención sobre el mismo.
Artículo 27.3 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo.
Artículo 28 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo.
3 MESES.
Desestimatorio
El promotor o propietario que proyecte realizar una intervención, deberá aportar un estudio redactado por técnicos competentes en cada una de las materias afectadas, que deberá contener al menos (art. 27.3 de la Ley 4/2013):
a) Justificación de la intervención.
b) Descripción de los valores patrimoniales del bien y estado de la conservación del mismo, estableciendo las causas que incidan en su deterioro.
c) Estudios previos que garanticen un adecuado conocimiento del bien y de su desarrollo.
d) Propuesta técnica de la actuación, con indicación de la metodología, productos y materiales. Se tratará de una propuesta de actuación integral y de carácter multidisciplinar, de acuerdo con los criterios de un equipo técnico cuya composición estará determinada por las características del inmueble y el tipo de intervención a llevar a cabo.
e) Efectos que la intervención pueda tener en el bien y en los bienes muebles con valor cultural, que puedan estar contenidos en el mismo.
f) Programa de mantenimiento y conservación.
Servicio de Patrimonio y Arqueología cuyo teléfono es 925 267543.
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