Solicitud. Proyectos de inversión en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en empresas y centros de trabajo (modalidad 2)

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1003082

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La Resolución tiene por objeto aprobar y efectuar la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales, para el ejercicio 2020.

Podrán acceder a las subvenciones las pequeñas y medianas empresas, los Centros Especiales de Empleo con y sin ánimo de lucro, las entidades sin ánimo de lucro y los trabajadores autónomos, siempre que todos ellos tengan trabajadores por cuenta ajena.

a) Contar con, al menos, con un 50% de trabajadores en alta en un Código de Cuenta de Cotización de CLM.
b) Estar al corriente cumplimiento de obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, con la S. Social y de obligaciones por reintegro de subvenciones.
c) Disponer con un Plan de prevención de riesgos laborales.
d) No haber sido sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la solicitud.
e) No encontrase incursos en el resto de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No encontrase, la persona solicitante, los administradores sociedades mercantiles, o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, incursos en incompatibilidad de la Ley 11/2003.
g) No haber sido nunca sancionado o condenado por llevar a cabo prácticas laborales discriminatorias.

Las solicitudes acogidas a la Modalidad 2 se valorarán conforme a los siguientes criterios:
a) Según el tipo y naturaleza de la inversión solicitada.
b) Por realizarse la inversión en un centro de trabajo ubicado en un municipio incluido en una zona de Inversión Territorial Integrada o en una Zona Prioritaria de Castilla-La Mancha.

La cuantía de la subvención será del 35% del coste de las inversiones subvencionadas, con un máximo de 15.000 euros por beneficiario.

Desestimatorio

Deberá aportar:
- Escritura de constitución de la persona jurídica solicitante.
- Número de Identificación fiscal (NIF) de la empresa.
- Documento que acredite la representación de la persona jurídica, o del firmante de la solicitud si representa al solicitante.
- Presupuestos o facturas pro forma de las inversiones por las que se solicita subvención, o tres presupuestos de proveedores distintos, en caso de que la inversión supere las cuantías para el contrato menor Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

VICECONSEJERÍA DE EMPLEO, DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL.
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