Solicitud de certificación de operaciones y pago de la ayuda
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
La fecha límite para la presentación de solicitudes de certificación y pago de las operaciones aprobadas será el 15 de julio de 2025 para las operaciones de ejecución anual y el 15 de julio de 2026 para las operaciones bienales.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Notificar al gestor de la Administración el fin de la ejecución de las operaciones solicitadas en la reestructuración o transformación de la parcela aprobada
Titulares de las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo que deseen notificar a la DG de Agricultura y Ganadería el fin de la ejecución de la operación incluida en la solicitud de reestructuración para poder cobrar la subvención
Doce meses siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de certificación y pago de la ayuda, válida y completa.
Desestimatorio
a) Operación de reestructuración: Anexo Xa
-Factura/s de materiales (obligatorio plantas y, en su caso, espaldera y/o protectores)
-Factura de contratación externa (en caso de marcar mano de obra externa).
-Justificante de pago.
-Etiquetas de la planta utilizada (obligatorio).
-Parte horario de acuerdo con el Anexo X-C, obligatorio para aquéllas acciones en las que se solicite el pago por contribuciones en especie.
b) Operación de transformación: Anexo Xb
-Factura/s de la espaldera (obligatorio para la medida de mejora de técnicas de gestión)
-Factura de contratación externa (en caso de marcar mano de obra externa).
-Justificante de pago bancario
-Parte horario de acuerdo con el Anexo X-C, obligatorio para aquéllas acciones en las que se solicite el pago por contribucion
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.
- Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
- Orden 32/2024, de 29 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027 y se convocan para su ejecución en 2025 y 2026. Extracto BDNS (Identif.): 746563.
- Orden 35/2025, de 10 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027.
- Resolución de 19/03/2025, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se realiza la convocatoria en 2025 de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027, para su ejecución en 2026 y 2027. Extracto BDNS (Identif.): 821748.
- Orden 39/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se modifican la Orden 36/2023, de 27 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027 y se convocan para su ejecución en 2024 y 2025 y la Orden 32/2024, de 29 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027 y se convocan para su ejecución en 2025 y 2026.
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