Comunicación de inicio de ediciones de cursos /jornadas y breves estancias o intercambios y visitas
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Las acciones que se realicen se comunicarán agrupadas por semanas y con una antelación mínima de una semana previa a su inicio.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Comunicación de la realización de las acciones formativas
Cada beneficiario comunicará, a través de la sede electrónica (www.jccm.es) las acciones que se realicen agrupadas por semanas y con una antelación mínima de una semana previa al inicio de la acción comunicada, y cualquier modificación del lugar, fecha u hora de celebración de la edición se deberá comunicar de inmediato, justificando el motivo, y siempre antes de las 72 horas del inicio de la edición en cuestión.
La propia comunicación de inicio o modificación de la actividad. En caso de modificación puede aportar la justificación del cambio que comunica.
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, produciéndose el reparto de las ayudas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la orden de bases.
5 MESES
Desestimatorio
Certificado en caso de causa de fuerza mayor que lo justifique
En el caso de que para una edición sea comunicado su inicio y ésta no se realice en los lugares, fechas y horas comunicados, se estará a lo dispuesto en el artículo 18 de la orden de bases.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas