Comunicación de aprovechamiento forestal (montes con Instrumento de Gestión Forestal Sostenible -IGFS-)
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Comunicar el aprovechamiento de recursos maderables y leñosos, incluída la biomasa forestal y corcho, en montes en régimen general administrativo que dispongan de un instrumento de gestión forestal sostenible en vigor
Personas propietarias de montes en régimen general administrativo o personas físicas o jurídicas autorizadas por las mismas
Se realizarán de acuerdo con las prescripciones para la gestión de montes establecidas en los correspondientes instrumentos de gestión forestal sostenible, PORF o instrumentos equivalentes cuando existan, y se ajustarán también, en su caso, a lo que concretamente se consigne en el instrumento de gestión forestal vigente. En el caso de aprovechamientos de pies secos, semisecos, decrépitos y deformes cuya cuantía sea inferior a 1 metro cúbico de madera o 3 estéreos de leña, de acuerdo con el artículo 39.4 de la Ley 3/2008 de Montes y Gestión Forestal Sostenible, se utilizará el trámite SJNW
Documentación. Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos:
- En caso de actuar por medio de representante, documento válido en derecho que acredite las facultades de representación en nombre de la persona solicitante.
- Documento de identidad de la persona solicitante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración
- Documento de identidad de la persona representante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración
- En caso de personas jurídicas, copia del NIF.
Si la persona solicitante declara que no es propietaria del monte, además deberá aportar:
- Autorización de la persona propietaria de los terrenos para realizar el aprovechamiento.
- Documento que acredite los derechos reales, bien de posesión o bien de usufructo sobre el vuelo objeto de aprovechamiento.
La persona titular del monte es, en todos los casos, la propietaria de los recursos forestales producidos en su monte.
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones electrónicas, deberá acceder a: NOTIFIC@ (cuya url es: https://notifica.jccm.es/notifica)
- Ley 3/2008, de 12/06/2008, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE MONTES Y GESTION FORESTAL SOSTENIBLE DE CASTILLA-LA MANCHA
- Orden de 09/03/2011, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se aprueban los pliegos especiales de condiciones técnico-facultativas, para la regulación de la ejecución de los aprovechamientos forestales (maderables y leñosos, incluida la biomasa forestal, y corcho) y las normas técnicas para la realización de los aprovechamientos de frutos forestales, apícola, hongos y setas, áridos y plantas aromáticas, medicinales y alimentarias, en montes de propiedad privada, y en los montes públicos patrimoniales y demaniales no gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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