Acreditación de la búsqueda activa de empleo de trabajadores y de los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Comprobar la obligación de los demandantes de buscar activamente empleo en el marco de su itinerario personalizado de empleo (IPE).
Personas trabajadoras, solicitantes y beneficiarias de prestaciones por desempleo, que estén desarrollando un IPE como demandantes en una Oficina de Empleo de Castilla La Mancha.
- Acreditar la identidad - Acreditar la búsqueda activa de empleo (BAE), como una de las obligaciones establecidas en el Acuerdo Personalizado de Empleo suscrito entre el Servicio Público de Empleo y el demandante en el marco de su IPE, conforme establece el artículo 19sexies de la Ley de Empleo. Dicha acreditación se llevará a cabo conforme se establece en el apartado "criterios" que aparece a continuación.
El demandante deberá presentar comunicación conforme al modelo establecido, junto con la documentación acreditativa suficiente de que, en el período que le sea requerido, han realizado al menos 3 acciones de BAE. A estos efectos, se considerarán las establecidas en el artículo 3.b) del Real Decreto-Ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo.
Para la acreditación de la búsqueda activa de empleo por parte de los demandantes, éstos deberán presentar comunicación conforme al modelo establecido y que estará disponible la dirección web que se especifica en los puntos siguientes, junto con la documentación acreditativa suficiente de que, en el período que le sea requerido, han realizado al menos 3 acciones de BAE. A estos efectos, se considerarán las establecidas en el artículo 3.b) del Real Decreto-Ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo: Trabajo por cuenta propia o ajena, que se justificará mediante la aportación de informe de vida laboral actualizado, salvo autorización para consulta de vida laboral. Envío o presentación de currículos en, al menos, tres empresas distintas, que se justificará mediante documento acreditativo de la recepción por la/s empresa/s. Realización de, al menos, una entrevista de trabajo, que se justificará mediante documento acreditativo de la empresa que constate su realización. Inscripción en, al menos, una agencia de colocación autorizada, que se justificará mediante certificación de la agencia de colocación. Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados, que se justificará mediante documento acreditativo que constate dicha inscripción. Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo que se justificará mediante documento acreditativo de la empresa que constate la presentación. Cualesquiera otras ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo y específicamente acciones formativas o acciones de información y actuaciones dirigidas al autoempleo y emprendimiento, que se justificará mediante la documentación acreditativa oportuna.
- Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2003, páginas 44763 a 44771
- Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
- Decreto 12/2010, de 16/03/2010, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas