Solicitud de ayuda para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad. Subvención de costes salariales (2º semestre)

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1003910

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La subvención de costes salariales, tiene por objeto subvencionar parcialmente el coste salarial de cada trabajador con discapacidad en plantilla de los centros especiales de empleo, que presten sus servicios en un centro de trabajo radicado en el territorio de Castilla - La Mancha , referido al segundo semestre del año natural.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en este decreto, las entidades titulares de los centros especiales de empleo y los centros especiales de empleo que tengan personalidad jurídica propia inscritas en el Registro de centros especiales de empleo de Castilla-La Mancha.
No podrán ser beneficiarios de las ayudas que reguladas en este decreto fueran convocadas en el mismo ejercicio en el que obtuvieran la calificación.

- Que el puesto de trabajo, que se genera, mantiene o se sustituye, desarrolla su actividad laboral en el ámbito territorial de Castilla -La Mancha.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, así como estar al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
- Que no están incursos en los supuestos de incompatibilidad previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha

La cuantía de la subvención de costes salariales consistirá en el abono del 50 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional para las personas trabajadoras con discapacidad, proporcional a la jornada realizada, en función de los días efectivamente trabajados, considerando el mes equivalente a 30 días para el cálculo diario de la subvención.
Será subvencionable el período de vacaciones anuales retribuido y cotizado.
En el caso de que no se cumpliera con lo previsto en el artículo 2 bis, apartado b) y existan despidos disciplinarios o por causas objetivas, reconocidos o declarados improcedentes, despido colectivo, quedarán excluidos de la ayuda tantos puestos como despidos queden acreditados.
El período subvencionable comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.

Desestimatorio

Documentación:
- Documentación que acredite la condición de representante legal de la entidad solicitante de la persona que presenta la solicitud.
- Informe justificativo del responsable del centro especial de empleo cuando la subvención solicitada correspondiente a un semestre, supere el coste de la plantilla correspondiente al semestre anterior con el fin de acreditar el citado incremento.
- Cálculo del importe de la subvención solicitada, desglosado por meses, conforme al modelo del Anexo II.C que se cumplimentará en hoja de cálculo.

Dirección General de Programas de Empleo
Dirección Postal:
Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España
Teléfono(s): 925265685
Fax(s): 925286962
La resolución se notificará a los interesados por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.