Justificación de subvenciones para la realización de proyectos de formación y practicas para jóvenes inscritos en el sistema nacional de garantía juvenil. (justificación formación y orientación)
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Justificación formación: 3 meses desde la finalización de la formación. Justificación orientación: 1 mes desde la finalización del proyecto.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación y prácticas no laborales para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus).
Beneficiarias:
Formación: entidades de formación, públicas o privadas que cumplan con los requisitos de acreditación y/o inscripción
Personas Participantes:
Las personas jóvenes que se encuentren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Las entidades beneficiarias serán las encargadas de presentar en cada caso, en el plazo establecido, la documentación necesaria para la justificación.
1 MES.
En concepto de formación y orientación:
- Con la resolución de concesión: 25%
- Con el inicio del proyecto: 35%
- Con la justificación de la formación y orientación. 40% restante
Desestimatorio
a) En 1 mes desde la notificación resolución (1ª justificación) :
Anexo VII al se se adjuntará la siguiente documentación:
1º Comunicación inicio proyecto
2º Contrato orientador/a laboral
3º Relación alumnos/as seleccionados/as (anexo VIII)
b) En tres meses desde finalización formación (2ª justificación):
Anexo IX, junto con documentación art. 24.3 Orden 15/11/2012
C) En 1 mes desde la finalización proyecto (3ª justificación):
Justificación del cumplimiento del contrato del/la orientador/a laboral mediante vida laboral del mismo, a la que se añadirá la justificación de asistencia.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
- Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
- Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.
- Decreto Legislativo 1/2002, de 19/11/2002, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Decreto 21/2008, de 05/02/2008, Consejo de Gobierno, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA EN MATERIA DE SUBVENCIONES, APROBADO POR DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE
- Orden de 15/11/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas.
- Orden de 22/12/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de formación y prácticas para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus).
- Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
- Orden 121/2018, de 17 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se modifica la Orden de 22/12/2016, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de formación y prácticas para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus).
- Resolución de 30/10/2019, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo (2019/2023), por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de formación y prácticas para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Formación Plus), para el año 2019. Extracto BDNS (Identif.): 479760.
Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)… Accede al Servicio de Alertas Informativas