Comunicación previa de venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Conocer qué oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas quieren realizar la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria.
Personas físicas o jurídicas que quieran desarrollar la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria, como son los establecimientos comerciales detallistas y las oficinas de farmacia
Requisitos aplicables a los sitios web de las oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas:
- Nombre del dominio registrado.
- Promoción y publicidad sometida a la inspección y control de las autoridades sanitarias.
- Contendrá como mínimo la siguiente información.
Datos de contacto de la autoridad competente encargada de la supervisión.
Datos de la oficina de farmacia o del establecimiento comercial detallista, dirección, correo electrónico, etc.
Nombre titular o titulares, colegio profesional al que pertenece, número de colegiado, y en caso de establecimientos comerciales detallistas, datos del farmacéutico garante.
Información sobre vacaciones o periodos en los que no estará disponible el servicio.
Tiempo estimado de entrega de los medicamentos solicitados.
Enlace al sitio web de la AEMPS.
Precios de los medicamentos veterinarios que se ofrecen, así como información sobre el precio del servicio.
Logotipo.
- Información sobre la técnica de venta a distancia, junto con la descripción del procedimiento de envío y trasporte de los medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción al público. Esta información incluirá necesariamente:
- Procedimiento normalizado de trabajo (PNT) sobre preparación y envío de medicamentos, aprobado por el farmacéutico titular o responsable de la entidad de dispensación (fechado y firmado). Deberá contener una descripción detallada de todas las actuaciones del proceso, desde la preparación del pedido hasta la entrega en el domicilio del cliente, que aseguren el cumplimiento de los requisitos de dispensación y transporte adecuados para que los medicamentos no sufran ninguna alteración ni merma en su calidad.
- Contrato de la entidad de dispensación con la empresa de transporte, firmado por ambas partes, en el que se especifiquen las responsabilidades de cada una de ellas.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN E INSPECCIÓN SANITARIA.
Servicio de Inspección
Avenida de Francia, 4 45071-Toledo.
Teléfono: 925 267121
DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
ALBACETE. Avda. Guardia Civil, 5 ¿ Teléfono 967 55 79 00 ¿ Fax 967 55 79 50 ¿ 02071 ALBACETE
CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 ¿ Teléfono 926 27 60 00 ¿ Fax 926 27 60 72 ¿ 13071 CIUDAD REAL
CUENCA. C/ de las Torres, 43 ¿ Teléfono 969 17 65 00 ¿ Fax 969 17 65 06 ¿ 16071 CUENCA
GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 ¿ Teléfono 949 88 55 00 ¿ Fax 949 21 68 65 ¿ 19071 GUADALAJARA
TOLEDO. C/ Guadalmena, 2 ¿ Teléfono ¿ 925 26 64 00 ¿ Fax 925 26 72 91 ¿ 45071 TOLEDO
- Ley 5/2005, de 27/06/2005, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION DEL SERVICIO FARMACEUTICO DE CASTILLA-LA MANCHA
- Ley 2/2015, de 19 de febrero, por la que se modifica la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
- Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
- Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos no sujetos a prescripción veterinaria.
- Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, modificado por Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre.
- Real Decreto 1132/2010, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios.
- Decreto 24/2000, de 08/02/2000, Consejo de Gobierno, DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
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