Justificación de subvenciones para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Justificación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción.
Las entidades locales y sus organismos públicos vinculados o dependientes, así como las entidades privadas con o sin ánimo de lucro, que operen como agencias de colocación y que cuenten con al menos un centro de trabajo en Castilla-La Mancha a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria.
a) Solicitar como mínimo la asignación de 50 personas usuarias.
b) Disponer a fecha de publicación de la resolución de convocatoria, como mínimo, de un centro de trabajo dado de alta ante el organismo competente, en el territorio de Castilla-La Mancha, debidamente equipado y con los recursos materiales necesarios para la prestación adecuada de la actividad, el cual contará con espacios diferenciados para información y espera, un despacho para la atención individual, una sala de reuniones y los servicios anexos necesarios.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la Administración regional, y frente a la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución en la forma prevista en esta orden y legislación concordante.
Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siendo objeto de valoración los extremos recogidos en el artículo 20 de las bases reguladoras.
3 MESES
Las cuantías son:
a) Se concederán 600 euros por persona atendida, en los términos previstos en el artículo 11 de la Orden 99/2019, de 12 de junio
b) Se concederán 1.600 euros por persona insertada, en los términos previstos en el artículo 12 de la Orden 99/2019, de 12 de junio
En ningún caso podrá superarse la cantidad de 200.000 euros por entidad beneficiaria y convocatoria.
Desestimatorio
- Entidad local o un organismo público vinculado o dependiente de la misma: Artículo 26.3 de la Orden 99/2019, de 12 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción.
- Entidad privada, con o sin ánimo de lucro: Artículo 26.4 de la Orden 99/2019, de 12 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción.
VICECONSEJERÍA DE EMPLEO, DIÁLOGO SOCIAL Y BIENESTAR LABORAL.
SERVICIO DE INTERMEDIACIÓN
intermediacion.empleo@jccm.es
- Orden 99/2019, de 12 de junio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción.
- Resolución de 13/07/2020, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral (2019/2023), por la que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción, para el año 2020. Extracto BDNS (Identif.): 515676.
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