Ayudas para la consolidación de proyectos

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004235

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

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Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:

La consolidación de proyectos, cuyo objeto es aumentar la competitividad de las iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través del asesoramiento y la formación técnica desarrollados por entidades especializadas.

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
b) Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

Además de los requisitos generales del artículo 7 deberán cumplir los siguientes:

a) A la fecha de realización de los gastos subvencionables, la persona ha de estar dada de alta en el RETA, o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda, al menos con una antigüedad de 12 meses.
b) No haber simultaneado su actividad profesional con cualquier otra actividad por cuenta ajena por un período de tiempo superior a 96 días de cada año natural, o período proporcional correspondiente, desde la fecha de alta en el RETA, o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda, hasta la fecha de presentación de la solicitud.

El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

Línea 2:
a) Cuando el beneficiario sea un hombre: hasta un máximo de 3.000 euros, que se incrementará en 600 euros cuando el hombre tenga la condición de persona con discapacidad.
b) Cuando la beneficiaria sea una mujer:

hasta un máximo de 4.000 euros, que se incrementará en 800 euros cuando la mujer tenga la condición de persona con discapacidad.

Cuando tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la cuantía se incrementará en 500 euros.

La cuantía de la subvención se aumentará en un 20 %, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril.

Desestimatorio

Además de la información antes descrita, declara aportar los siguientes documentos digitalizados, junto a la solicitud como archivos anexos a la misma (además, en caso de no otorgar la autorización que consta en el Anexo, deberá presentar la documentación pertinente):

- Documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
-Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, en su caso.
-Declaración responsable de la persona o entidad prestataria del servicio (Anexo VII)
-Informe emitido por la entidad prestataria del servicio de asesoramiento y formación a la persona trabajadora autónoma que contenga los extremos previstos en el artículo 18.1 b) de esta norma.
-Tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado la persona beneficiaria, en su caso.
-Facturas o documentos de valor probatorio o equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y la documentación acreditativa del pago.
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y procedencia.
- Documentación acreditativa de su discapacidad, en su caso.

autonomos@jccm.es

Modelos del trámite

Anexo VII. Declaración responsable
Aceptación propuesta provisional
Modelo Apoderamiento