Ayudas de fomento al relevo generacional: subvención por transmisión de la actividad empresarial
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:
Fomentar el relevo generacional, cuyo objeto es promover la continuidad, en el contexto socio-laboral, de iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través de la transmisión de la actividad empresarial.
a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
b) Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
Además de los requisitos generales del artículo 7 deberán cumplir los siguientes:
-Que el negocio objeto de transmisión tenga una antigüedad mínima de 5 años desde el alta en el RETA de su titular.
-Que no hayan transcurrido más de seis meses entre la baja en el RETA de dicho titular y el alta en el RETA de quien adquiera la empresa.
-Que se trate de la misma actividad y se ejerza en el mismo local, si la actividad requiere la existencia del mismo.
-Que el relevista sea una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo, no ocupada, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, al menos el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente y que tenga asignado, por parte de las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, un técnico para la tutorización y seguimiento de su proyecto emprendedor. La transmisión deberá realizarse mediante contrato mercantil, en escritura pública, indicando su objeto y el valor del fondo de comercio.
El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.
TRES MESES
Línea 4 A:
1º. Cuando el beneficiario sea un hombre: hasta un máximo de 5.000 euros, que se incrementará en 500 euros, cuando el hombre tenga la condición de persona con discapacidad.
2º. Cuando la beneficiaria sea mujer:
hasta un máximo de 6.000 euros, que se incrementará en 500 euros cuando la mujer tenga la condición de persona con discapacidad, o tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Los límites indicados en los dos puntos anteriores, se incrementarán en 500 euros cuando la persona beneficiaria tenga la condición de desempleada de larga duración o en situación de exclusión social.
La cuantía de la subvención se aumentará en un 20 %, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril.
Desestimatorio
Además de la información antes descrita, deberá aportar los siguientes documentos digitalizados, junto a la solicitud como archivos anexos a la misma (en caso de no otorgar las autorizaciones a que se hacen referencia en la autorización que consta en el Anexo, deberá presentar la documentación pertinente):
Línea de ayuda por la transmisión de la actividad empresarial:
-Contrato mercantil de traspaso o venta del negocio, formalizado en escritura pública, con indicación expresa del relevo como objeto del contrato y del valor del fondo de comercio, así como de los elementos objeto de venta o traspaso, con valoración individualizada.
-Justificante bancario de pago de la adquisición o de los plazos ya vencidos en caso de pago aplazado.
-Documento de transmisión de licencia de apertura del negocio.
- Documentación acreditativa de la discapacidad, en su caso.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, en su caso.
- Documentación acreditativa de la situación de exclusión social, en su caso.
-Certificado de situación del transmitente en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria.
autonomos@jccm.es
- Decreto 53/2018, de 31 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Extracto BDSN (Identif.): 410930.
- Decreto 238/2019, de 10 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 53/2018, de 31 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
- Resolución de 22/05/2019, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2019, para la concesión de las subvenciones recogidas en el Decreto 53/2018, de 31 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento, cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Extracto BDNS (Identif.): 456938.
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