Ayudas de fomento al relevo generacional: subvención por contratación de duración determinada del relevista por el titular de la actividad empresarial.

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004238

Fuera de plazo presentación solicitudes

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:

Fomentar el relevo generacional, cuyo objeto es promover la continuidad, en el contexto socio-laboral, de iniciativas económicas desarrolladas por personas trabajadoras autónomas, a través de la contratación determinada del relevista por la persona titular de la actividad empresarial.

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
b) Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

Además de los requisitos generales del artículo 7 deberán cumplir los siguientes:
-Que exista, con carácter previo a la contratación, un preacuerdo entre las partes para la transmisión de la actividad empresarial.
-Que la persona contratada sea una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo, no ocupada, en las oficinas de empleo de Castilla-la Mancha, al menos el día anterior a la formalización del correspondiente contrato de duración determinada.
-Que la contratación tenga relación directa con la actividad desarrollada por la persona titular de la actividad empresarial y se ejerza en el mismo centro de trabajo.
- Que el contrato se formalice con la persona relevista que desea adquirir el negocio por escrito, en modelo oficial y se comunique a la oficina de empleo de Castilla-La Mancha.
- Que el contrato, que deberá formalizarse por escrito, constará que -la presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020-.

El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

- La cuantía de la subvención de esta línea, será el equivalente al coste salarial y de Seguridad Social derivado de la contratación, con el límite de 1.000 euros mensuales. El importe de la subvención podrá modularse en función de la duración de la jornada de trabajo y de los días de trabajo efectivos que vaya a desarrollar la persona contratada A efectos de lo anterior, los meses se computaran a 30 días.
- Cuando la persona beneficiaria sea una mujer que tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la cuantía se incrementará en 500 euros.
- Cuando la persona que sea contratada tenga la condición de persona desempleada de larga duración, , persona con discapacidad o en situación de exclusión social el importe se incrementará en 250 euros al mes. La cuantía de la subvención se aumentará en un 20 %, en un municipio ITI.

Desestimatorio

Además de la información antes descrita, deberá aportar los siguientes documentos digitalizados, junto a la solicitud como archivos anexos a la misma (en caso de no otorgar las autorizaciones a que se hacen referencia en la autorización que consta en el Anexo, deberá presentar la documentación pertinente):

-Contratos de Trabajo, nóminas, TC....
-Declaración/autorización del trabajador para la comprobación de los datos (Anexo VIII)
- Preacuerdo entre las partes para la transmisión de la actividad empresarial.
- Documentación acreditativa de la discapacidad, en su caso.
- Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, en su caso.
- Documentación acreditativa de la situación de exclusión social, en su caso.

autonomos@jccm.es

Modelos del trámite

Modelo Apoderamiento
Aceptación propuesta provisional
Anexo VIII. Declaración autorización para comprobación de datos