Ayudas del familiar colaborador que causa alta en el reta o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente

Consejería de Economia, Empresas y Empleo
Código de procedimiento: 1004239

Fuera de plazo presentación solicitudes

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a:

Ayudas al familiar colaborador del titular de la empresa, cuyo objeto es apoyar el mantenimiento de la actividad emprendedora, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar.

Los familiares colaboradores de personas trabajadoras autónomas y los familiares del socio, en el caso sociedades limitadas unipersonales.

Además de los requisitos generales del artículo 7 deberán cumplir los siguientes:
a) Que el familiar colaborador ostente, respecto al titular principal de la empresa, la condición de cónyuge o persona con análoga relación afectiva y de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
b) Que el familiar que se incorpore como autónomo colaborador figure como desempleado e inscrito como demandante de empleo, no ocupado, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, al menos el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad de colegio profesional correspondiente.

La incorporación de sucesivos familiares colaboradores dará derecho a la ayuda siempre que suponga un incremento neto de familiares colaboradores en la actividad o actividades del autónomo principal en los doce meses anteriores a la fecha de alta en el RETA del familiar colaborador. Subvencionables altas en el RETA desde 1 noviembre 2018.

El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Direcciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.

Línea 5: La cuantía de la subvención para la presente línea será de 3.000 euros, que se incrementará en 600 euros si el familiar colaborador es un hombre que tenga condición de persona con discapacidad y 800 euros si el familiar colaborador es una mujer que tenga condición de persona con discapacidad. Cuando la persona beneficiaria sea mujer que tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la cuantía se incrementará en 500 euros. Cuando el familiar colaborador tenga la condición de persona desempleada de larga duración o en situación de exclusión social la cuantía de la subvención se incrementará en 500 euros adicionales. La cuantía de la subvención se aumentará en un 20 %, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, en alguna de las Zonas Prioritarias

Desestimatorio

Además de la información antes descrita, deberá aportar los siguientes documentos:
-Alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, acompañando certificación del periodo de alta en dicha Mutualidad (en su caso).
-Certificado acreditativo de la discapacidad del familiar colaborador, en su caso.
-Documentación acreditativa del poder de su representante, en su caso.
-Documentación acreditativa de la discapacidad, en su caso.
-Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género, en su caso.
-Documentación acreditativa de la situación de exclusión social, en su caso.

autonomos@jccm.es

Modelos del trámite

Aceptación propuesta provisional
Modelo Apoderamiento