Aplazamiento o fraccionamiento del pago de las costas judiciales a percibir por la JCCM.

Presidencia de la Junta de Comunidades
Código de procedimiento: 1004298

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Presencial

Presencial

A través de los siguientes lugares de presentación.

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

La Secretaría General de la Presidencia emite una resolución exigiendo el pago de las costas al obligado a ello. Este a veces pide un aplazamiento/fraccionamiento del pago. Debe acreditar su situación de dificultad económica. Presidencia analiza esas dificultades, emite un informe y finalmente resuelve Hacienda y AAPP en sentido favorable o desfavorable.

Los destinatarios son cualquier persona física o jurídica que es condenada en costas por los Juzgados y Tribunales, cuando el beneficiario de esas costas es la JCCM.

Para conceder el aplazamiento/fraccionamiento, el solicitante debe acreditar encontrarse en situación de dificultad económica. Para ello acompaña documentación como deudas, préstamos, otras cargas, avales, garantías, cuentas depositadas, etc.

Se comprueba si existe una auténtica situación de dificultad económica, analizando los documentos indicados en los requisitos.

3 MESES EN EL SUPUESTO DE LAS COSTAS JUDICIALES Y 6 MESES PARA EL APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE PAGO

Cualquiera. No obstante, no suelen superar los 50.000 euros. Cuando se fracciona la deuda, se emiten varias cartas de pago por los importes fraccionados.

Desestimatorio

Para acreditar la situación de dificultad económica, con la solicitud se acompaña documentación como deudas, préstamos, otras cargas, avales, garantías, cuentas depositadas, etc.

Correo electrónico: presidencia.contratación@jccm.es

Modelos del trámite

Solicitud