Autorización de modificación de centros y servicios sanitarios sin internamiento de Cirugía Mayor Ambulatoria, Diálisis, Radioterapia y Medicina Nuclear.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Abierto permanentemente
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
Tramitación de la autorización de modificación de los centros y servicios sanitarios sin internamiento de cirugía mayor ambulatoria, diálisis, radiodiagnóstico, radioterapia y medicina nuclear.
Centros y servicios sanitarios sin internamiento, de cirugía mayor ambulatoria, diálisis, radiodiagnóstico, radioterapia y medicina nuclear, públicos o privados, de cualquier clase o naturaleza, que se encuentren ubicados o que presten sus servicios en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La autorización de modificación deberán solicitarla los centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento que realicen cambios en su estructura, en su titularidad o en su oferta asistencial.
3 MESES
Según la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de tasas y precios públicos de Castilla-La Mancha:
Tasa1: Modificación por realización obras o instalaciones de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que no cuenten con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios: 76,23 euros.
Tasa 2: Modificación por realización obras o instalaciones de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que cuenten con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios: 168,44 euros.
Tasa 3: Modificación de actividades de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que no cuenten con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios:171,22 euros.
Tasa 4: Modificación de actividades del resto de centros o servicios sanitarios sin internamiento, que cuentan con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios de fabricación de productos sanitarios a medida: 216,41 euros.
Desestimatorio
1. Cambio en la estructura:
- Memoria descriptiva según art 7.c) decreto.
- Justificación documental disponibilidad jurídica local, en su caso.
- Proyecto técnico firmado técnico competente, según art 7.d) decreto.
Si no es preciso presentar proyecto técnico se aportará:
- Un croquis escala y acotado, por técnico competente sobre modificación prevista que identifique local, equipamiento y mobiliario.
- Declaración responsable, por técnico competente sobre cumplimiento normativa en materia de ordenación edificación y accesibilidad.
2. Cambio titularidad: Escritura pública o cualquier otro título válido en derecho.
3. Modificación oferta asistencial que implique la creación de nuevo servicio: memoria descriptiva, que especifique lo establecido apart 1º y 3º art 7.c) y apart a) y b) art 8.1 decreto:
- Clase centro, servicio o establecimiento sanitario, según art 2 decreto y, en su caso, oferta asistencial, con relación de servicios que la integran.
- Organización general: Relación actividades sanitarias de cada servicio y plantilla del personal, con organigrama y funciones del mismo.
- Relación equipamiento. Este deberá disponer, en su caso, certificación acreditativa de que se adapta a la legislación vigente.
- Relación personal sanitario que presta servicio, según apart b) art 8.1 decreto.
4. Modificación oferta asistencial que implique cierre de un servicio:
Memoria justificativa en la que conste el destino de la documentación clínica y, en su caso, de las muestras biológicas, así como la justificación de que se ha informado de dicho cierre a cada paciente con la suficiente antelación para garantizar la continuidad del tratamiento.
ORDENES DE DESARROLLO: https://cs.jccm.es/LegisPublic/ListadoResoluciones.jsp?tipo=Centros%20y%20Servicios
DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
ALBACETE. Avda. Guardia Civil, 5 - Teléfono 967 557 900 - 02071 ALBACETE.
CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 - Teléfono 926 276 000 - 13071 CIUDAD REAL.
CUENCA. C/ de las Torres, 43 - Teléfono 969 176 500 - 16071 CUENCA.
GUADALAJARA. Paseo Doctor Fernández Iparraguirre, 1 - Teléfono 949 885 500 - 19071 GUADALAJARA.
TOLEDO. C/ Guadalmena, 2 - Teléfono 925 266 400 - 45071 TOLEDO.
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- Ley 8/2000, de 30/11/2000, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE ORDENACION SANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA
- Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios en Castilla-La Mancha y de derogación y modificación de otros decretos en materia sanitaria.
- Orden de 21/05/1991, Consejería de Sanidad y Bienestar Social, SOBRE AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS.
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