Deslinde administrativo

Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital
Código de procedimiento: 1004364

En plazo

Si deseas recibir alertas sobre actualización de este trámite (alertas, notificaciones, comunicaciones)…
Accede al Servicio de Alertas Informativas

Online

Online

A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Permite delimitar los bienes demaniales y patrimoniales de titularidad de la Administración cuando sus límites sean imprecisos o existan indicios de usurpación.
Se inicia por resolución de la Secretaría General de Hacienda y AAPP, de oficio o a instancia de los colindantes. Se elaborará una memoria justificativa y debe darse audiencia de los titulares de bienes y derechos afectados. Se publicarán edictos en el DOCM , BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas.

- El requisito habilitante es que los bienes del patrimonio de la Administración tengan los límites imprecisos o existan indicios de usurpación.
- Se trata de un expediente contradictorio, de ahí que debe darse audiencia a los titulares de los bienes y derechos afectados y publicarse edictos tanto en el DOCM, B.O.P, como en el Ayuntamiento del municipio donde radiquen los bienes. También se hará constar en el Registro de la Propiedad por nota marginal.
- Deberá informar el Servicio de Régimen Jurídico.
- Del acto del apeo se levantará acta correspondiente.
- El Consejero competente en materia de patrimonio aprobará el deslinde. Una vez éste sea firme, se procederá al amojonamiento en presencia de los afectados y de los peritos designados por éstos.
- Finalmente se inscribirá el deslinde en el Registro de la Propiedad, sirviendo como título de inmatriculación.

Resuelve el Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, en base a los documentos obrantes en el expediente, informes emitidos, pruebas practicadas y según haya quedado delimitada la finca en el acta de apeo.

DIECIOCHO MESES.

Los gastos del deslinde serán fijados por los peritos de la Administración en la memoria justificativo y serán de cargo de los colindantes cuando el deslinde se haya iniciado a instancia de los mismos.

Desestimatorio

Los titulares de bienes y derechos afectados por el deslinde, deberán aportar el título de propiedad o cualquier otro documento o prueba y, en su caso, el presupuesto de gastos y conformidad con el mismo si el deslinde es instado por el colindante.

Para más información sobre este trámite puede ponerse en contacto con la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, con dirección postal, de correo electrónico y teléfonos siguientes:

Dirección postal: C/ Real, nº 14 - CP 45071 Toledo.
Dirección de correo electrónico: patrimonio@jccm.es.
Teléfono: 925-266500.

Modelos del trámite

Solicitud