Obtención de NIMA para entidades no sujetas a comunicación de inicio, ni a autorización de residuos. Poseedor

Consejería de Desarrollo Sostenible
Código de procedimiento: 1004598

En plazo

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A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma

Plazo de presentación:

Abierto permanentemente

Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta

1

Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos

Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.

2

Prepara la documentación necesaria

Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.

3

Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera

La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.

Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM

Permitir el cumplimiento de las obligaciones que la normativa vigente en materia de residuos establece para las personas físicas o jurídicas que estén en posesión de residuos, mediante la obtención de un NIMA con el que se puedan realizar las recogidas de los residuos que se han generado.

Este trámite está previsto para aquellas personas físicas o jurídicas que, estando en posesión de residuos, precisen disponer de un número de identificación medioambiental (NIMA) para formalizar su entrega a un gestor que asegure el tratamiento adecuado de los mismos y será inscrito como poseedor de residuos, para las instalaciones donde se ubiquen los mismos, en virtud del artículo 29 de la ley 22/2011, de 28 de julio. Productores de Residuos No Peligrosos (menor o igual a 1000 t/año) o Poseedores de Residuos que no estén obligados a realizar la comunicación previa al inicio de su actividad productora de residuos. Las personas físicas o jurídicas que no ostenten la condición de productor ni la de gestor de residuos, pero estén en posesión de residuos.

Se requiere contrato de tratamiento con el gestor autorizado que vaya a realizar la recogida de los residuos, previo a la cumplimentación de la solicitud obtención de código NIMA para la inscripción como poseedor de residuos.

Recibida la solicitud de inscripción en las delegaciones provinciales correspondientes, se procede a inscribir a la persona física o jurídica como poseedor en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha y se le asigna un NIMA a la ubicación donde se han generado los residuos.

Estimatorio

- Documento de identidad de la persona solicitante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración
- Documento de identidad de la persona representante, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración
- En caso de actuar por medio de representante, documento válido en derecho que acredite las facultades de representación del solicitante
- Certificación de datos catastrales de la ubicación de los residuos, sólo en caso de que se haya opuesto a su consulta por la Administración
- En caso de personas jurídicas, copia del NIF.

Las consultas sobre este procedimiento, se realizaran a traves de la oficina virtual, en la opción "contactar" en la siguiente dirección: https://agricultura.jccm.es/ova/ seleccionando el área "producción de residuos".