Solicitud de ayuda para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
Presencial
A través de los siguientes lugares de presentación.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
La presente resolución tiene por objeto realizar, por el procedimiento de tramitación anticipada, la convocatoria de las ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias, cuya finalidad es reducir el consumo de energía final en el sector agrícola, para cumplir con los objetivos fijados por el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, mediante la realización de actuaciones de ahorro y eficiencia energética y la utilización de las energías.
De acuerdo con lo establecido en establecido en el artículo 11 del Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo serán personas destinatarias últimas, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, cumpliendo los requisitos correspondientes y siempre que tengan su residencia fiscal en España.
a) Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública titulares de una explotación agropecuaria o de titularidad compartida.
b) Comunidades de Regantes y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común de agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario.
c) Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.
d) Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente.
Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío. Consistirá en la ejecución de actuaciones de reforma de las instalaciones de regadío en explotaciones agropecuarias y comunidades de regantes, por renovación de sus equipos de bombeo que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias. Consistirá en la realización de actuaciones de reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las explotaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones CO2.
Con carácter general, los requisitos que deben cumplir las actuaciones, para que sean subvencionables deberán conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida.
Las actuaciones objeto de ayuda serán seleccionadas por riguroso orden de presentación de las solicitudes correspondientes hasta el agotamiento de los fondos.
6 MESES.
1. La ayuda consiste en un porcentaje del coste subvencionable en función del tipo de actuación. La cuantía máxima de las ayudas para cada una de las tipologías será la siguiente:
- Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío: Límite máximo. 30% del coste elegible.
- Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y energías renovables en explotaciones agropecuarias: Límite máximo 30% del coste elegible.
Se exigirá un mínimo de inversión auxiliable de 1.500 euros para acceder a la ayuda.
La ayuda concedida tendrá un límite máximo de 400.000 euros por explotación y beneficiario, a fin de cumplir con los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y afectan a la cuantía de las ayudas para cada una de las actuaciones y tipo de destinatario último y al carácter incentivador de las ayudas que se aplica a todos los destinatarios últimos de las ayudas.
Desestimatorio
- Acreditación de quienes comparezcan o firmen las solicitudes de subvención en nombre de otro o como representante de una persona jurídica.
- Apoderamiento del titular para tramitar y registrar solicitudes de subvención en su nombre a un representante.
- Informe de vida laboral de la persona física solicitante o, en el caso de las personas jurídicas, informe de vida laboral de sus
- En caso de personas jurídicas, declaración del impuesto de sociedades del último año.
- En caso de personas jurídicas, acta o escritura de constitución liquidadas del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados e inscripción en el registro que corresponda según su naturaleza jurídica, así como cualquier modificación posterior de las mismas.
- En caso de personas jurídicas, estatutos de constitución y cualquier modificación posterior de los mismos, así como certificación de los componentes de la sociedad en la que figurará la identificación de los socios y el tanto por ciento de participaciones y valor de cada uno en la situación actual.
- En su caso, acreditación titularidad de los terrenos.
- En su caso, acreditación titularidad de los derechos de agua.
- Tres ofertas de diferentes proveedores donde se indique NIF del proveedor, nombre, dirección, descripción del bien ofertado y valor del mismo, para inversiones que superen los 15.000 euros.
- Proyecto de obras por técnico competente, en su caso.
- Proyecto de justificación ahorro energético.
- Resolución concesión derechos de agua de la Confederación hidrográfica.
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la sede electrónica pinche aquí.
Para cualquier duda pueden contactar en el siguiente correo: energia-agri@jccm.es
- Ley 4/2004, de 18/05/2004, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE LA EXPLOTACION AGRARIA Y DEL DESARROLLO RURAL EN CASTILLA-LA MANCHA
- Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas.
- Resolución de 27/12/2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica la Resolución de 01/06/2021, por la que se convocan, las ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias de acuerdo con las bases establecidas en el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas, ampliando el plazo de presentación de solicitudes.
- Resolución de 01/06/2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, las ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias de acuerdo con las bases establecidas en el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas.
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