Pago para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.
Online
A través de esta Sede electrónica utilizando su certificado digital o Clave de firma
En un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo máximo concedido para la ejecución de las actuaciones.
Antes de empezar el trámite debes tener en cuenta
Asegúrate de que cumples los plazos y requisitos
Antes de comenzar la tramitación online, asegúrate que estás dentro de los plazos establecidos y que cumples todos los requisitos para completar con éxito su tramitación, requisitos técnicos así como los requisitos administrativos. Sólo en caso de que el trámite deseado no figure en el catálogo, podrá emplear la solicitud genérica.
Prepara la documentación necesaria
Antes de empezar, revisa qué documentación adicional debes aportar y procura disponer de ella en formato electrónico. En aquellos trámites que lo requieran podrás acreditar tu identidad mediante alguno de los Sistemas de identificación y firma admitidos y, dependiendo del trámite, también puede ser necesaria la firma electrónica mediante alguno de los medios de firma reconocidos.
Pago de tasas, en caso de que el trámite lo requiera
La cumplimentación del modelo se realiza en el programa que permitirá, bien la impresión del modelo 046 para su pago en entidad de crédito colaboradora, en cualquiera de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, o bien su pago de forma electrónica.
Las solicitudes de subvención se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica en la sede electrónica de la JCLM
La presente resolución tiene por objeto realizar, por el procedimiento de tramitación anticipada, la convocatoria de las ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias, cuya finalidad es reducir el consumo de energía final en el sector agrícola, para cumplir con los objetivos fijados por el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, mediante la realización de actuaciones de ahorro y eficiencia energética y la utilización de las energías.
De acuerdo con lo establecido en establecido en el artículo 11 del Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo serán personas destinatarias últimas, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, cumpliendo los requisitos correspondientes y siempre que tengan su residencia fiscal en España.
a) Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública titulares de una explotación agropecuaria o de titularidad compartida.
b) Comunidades de Regantes y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común de agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario.
c) Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.
d) Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente.
Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío. Consistirá en la ejecución de actuaciones de reforma de las instalaciones de regadío en explotaciones agropecuarias y comunidades de regantes, por renovación de sus equipos de bombeo que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias. Consistirá en la realización de actuaciones de reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las explotaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones CO2.
Con carácter general, los requisitos que deben cumplir las actuaciones, para que sean subvencionables deberán conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida.
6 MESES.
La ayuda consiste es un porcentaje del coste subvencionable en función del tipo de actuación. La cuantía máxima de las ayudas para cada una de las tipologías de actuación será la siguiente:
- Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío: Límite máximo. 30% del coste elegible.
- Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y energías renovables en explotaciones agropecuarias: Límite máximo 30% del coste elegible.
Se exigirá un mínimo de inversión auxiliable de 1.500 euros para acceder a la ayuda.
La ayuda concedida tendrá un límite máximo de 400.000 euros por explotación y beneficiario, a fin de cumplir con los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y afectan a la cuantía de las ayudas para cada una de las actuaciones y tipo de destinatario último y al carácter incentivador de las ayudas que se aplica a todos los destinatarios últimos de las ayudas.
Desestimatorio
- Facturas y, en su caso, documentación acreditativa del pago, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda.
- Proyecto visado y redactado por personal técnico competente, en el caso de que las obras o transformaciones auxiliadas que por su naturaleza lo requieran o cuando sea solicitado como gasto subvencionable.
- Certificado final de obra suscrito por el director de obra y director de ejecución de la obra, en su caso.
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, conforme a lo exigido por estas bases y la resolución de concesión de la ayuda, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Es su caso justificación sobre el proceso de contratación.
- Relación certificada y copia de los pedidos y/o contratos relativos a las actuaciones realizadas.
- Relación certificada y copia de las facturas y de sus correspondientes justificantes bancarios de pago.
- Documentación justificativa de que la persona beneficiaria de la ayuda es titular del número de cuenta en el que se ha de ingresar la ayuda, si no es la misma que la consignada en la solicitud de ayuda.
- Documento justificativo relativo al IVA soportado.
- Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas.
- Documentación justificativa sobre el proceso de contratación de las actuaciones por parte del destinatario último de las ayudas.
- Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas (ingresos y pagos, incluido, en su caso, el ingreso de ayudas, pagos a proveedores, etc.)
- Licencias o autorizaciones que sean precisas para la realización de la actuación.
Para darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la sede electrónica pinche aquí.
- Ley 4/2004, de 18/05/2004, de las Cortes de Castilla-La Mancha, DE LA EXPLOTACION AGRARIA Y DEL DESARROLLO RURAL EN CASTILLA-LA MANCHA
- Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas.
- Resolución de 01/06/2021, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, las ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias de acuerdo con las bases establecidas en el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas.
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